Inscripción del acta de reconocimiento de hijo.

Nombre del Trámite o Servicio:INSCRIPCIÓN DE RECONOCIMIENTO DE HIJOS.
Documento a obtenerPersona registrada por uno de sus progenitores o por persona distinta.
Comprobante a obtener:Registro de Reconocimiento de hijo.
Descripción:Establecer la filiación de hijo- progenitor que comparece a reconocerlo.
Tiempo de Respuesta:Dentro de dos días hábiles.
Fundamento Legal:Articulo 81 al 85 del Código Civil Vigente del Estado de Oaxaca.
Área donde se proporciona el servicio:Oficialías del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Oficialias
Horario de Atención9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes.
Requisitos:1.- Presencia del Reconocido e identificación oficial.

2.- Presencia del reconocedor e identificación oficial.

3.- Cuando el reconocido es menor de edad: la presencia e identificación oficial quien ejerza la patria protestad para otorgar el consentimiento.

4.- Fotocopia certificada del libro del registro de nacimiento del reconocido.

5. Acta de nacimiento del reconocedor si la tuviera a fin de asentar correctamente los datos.

6.- Presentar dos testigos mayores de 18 años con identificación oficial.

Notas:

Reconocido: Persona titular del registro de nacimiento que carece del apellido materno.

Reconocedor: Puede ser progenitor o progenitora quien no compareció a reconocer en el acto del registro de nacimiento.

Como identificación oficial pueden ser cualquiera de los siguientes documentos; credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, licencia de manejo, cédula profesional, credencial de filiación al IMSS, ISSSTE,
credencial del INAPAM, constancia de origen con fotografía etc.,