Inscripción del acta de matrimonio

Nombre del Trámite o Servicio:INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO.
Tipo de Usuario:SOLO PARA MAYORES DE 18 AÑOS
Comprobante a obtener:Registro de matrimonio.
Descripción:Legalización de la unión de una pareja.
Tiempo de Respuesta:Según el día agendado.
Fundamento Legal:Artículos 53, 99, 100, 102, 103,104, 105, 143, 145, 147,177 y 178 del Código Civil Vigente del Estado de Oaxaca, 17 Fracción I, del Reglamento del Registro Civil y 24 de la Ley Estatal de Derechos.
Área donde se proporciona el servicio:Oficialías del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Oficialias
Horario de Atención9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes.
Requisitos1.- Solicitud de Matrimonio (se puede adquirir en la recaudación de Rentas).

2.- Presencia de los contrayentes o apoderado legal.

3.- Original de la certificación de datos de nacimiento de los contrayentes.

4.- Identificación oficial de los contrayentes.

5.- Certificados médicos prenupciales expedido por médico particular titulado o centro de salud de SSA,IMSS, ISSSTE, etc. (original).

6.- Convenio de régimen patrimonial de bienes en caso de pactar separación de bienes o sociedad conyugal voluntaria.

7.- Presentar como mínimo 2 testigos mayores de edad.

8.- Si uno de los contrayentes es extranjero deberá presentar Oficio de autorización de la Secretaria de Migración.

9.- Los solteros por divorcio o defunción presentaran el acta correspondiente. (Si el documento se levanto en el extranjero ver actos de extranjería.)


Notas:

Como identificación oficial puede ser cualquiera de los siguientes documentos: credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, licencia de manejo, cédula profesional, credencial de filiación al IMSS, ISSSTE,
credencial del INAPAM, constancia de origen con fotografía etc.,

Los usuarios deben presentar su expediente previo a la celebración del matrimonio civil para acordar, hora, lugar y fecha para la celebración del mismo.

Las tarifas entre extranjeros se aplican aun cuando únicamente uno de los contrayentes sea extranjero.

Si la pareja desee legitimar a los hijos habidos antes del matrimonio deberá acompañar las actas de nacimiento de los mismos.
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