Inscripción del acta de defunción

Nombre del Trámite o Servicio:INSCRIPCIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN.
Tipo de Usuario:Público en General.
Documento a obtener:Registro de Defunción.
Descripción:Registrar el Fallecimiento de una persona.
Tiempo de Respuesta:El mismo día.
Fundamento Legal:Articulo 348 y 350 bis de la Ley General de Salud, Artículos 120 al 132 del Código Civil Vigente del Estado de Oaxaca.
Área donde se proporciona el servicio:Oficialías del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Oficialias
Horario de Atención9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes. Fuera del horario y días inhábiles guardias permanentes.
Requisitos:1.- Certificado médico de defunción.

2.- Oficio del Agente del Ministerio Público en caso de muerte violenta.

3.- Identificación oficial del declarante.

4.- Dos testigos con identificación oficial.

5.- Oficio de la Autoridad Sanitaria de la Secretaria de Salud cuando el cadáver será trasladado a un municipio diferente para su inhumación.

TRASLADO DE CADAVERES:

1. Copia del registro de la defunción.

2. Oficio de regulación sanitaria de la Secretaria de Salud.

Notas:

Traslado de cadáveres: cuando el fallecido se va a inhumar en lugar diferente al de la defunción.

El término para levantar una defunción es de 1 a 15 días, una vez transcurrido este tiempo se realiza el trámite de información testimonial.

En caso de contar con el acta de nacimiento y credencial de elector del fallecido, el declarante exhibirá dichos documentos para asentar los datos correctamente.

Como identificación oficial puede ser cualquiera de los siguientes documentos; credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, licencia de manejo, cédula profesional, credencial de filiación al IMSS, ISSSTE,
credencial del INAPAM, constancia de origen con fotografía etc.,