Nombre del Trámite o Servicio: | AUTORIZACIÓN DE REGISTRO EXTEMPORÁNEO PARA PERSONAS MAYORES DE 6 AÑOS DE EDAD Y MÁS. |
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Tipo de Usuario: | Público en General. |
Documento a obtener: | Autorización de registro extemporáneo. |
Descripción: | Otorga la autorización de registro de nacimiento de personas que no fueron registradas en tiempo |
Tiempo de Respuesta: | 1 a 5 días hábiles. |
Fundamento Legal: | Artículo 67 del Código Civil Vigente en el Estado de Oaxaca, 22 al 25, del Reglamento del Registro Civil, 24 de la Ley Estatal de Derechos. |
Área donde se proporciona el servicio: | Departamento de Aclaraciones y Registros Extemporáneos de la Unidad Jurídica del Registro Civil. |
Domicilio donde se otorga el servicio: | Calle Manuel García Vigil # 602, Oaxaca de Juárez, Centro, Oaxaca. C.P. 68000. |
Teléfono | 951 5161663. |
Horario de Atención | 9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes. |
Requisitos: | • Solicitud y cuestionario de registro extemporáneo debidamente requisitado (Serán proporcionados en el Departamento de Aclaraciones y Registros Extemporáneos).* • Certificados de inexistencia de registro: A) De la autoridad municipal correspondiente. (en donde no exista Oficialía del Registro Civil). B) De la oficialía del Registro Civil. C) Del Archivo Central. • Documentos con los cuales acredite su nombre y fecha de nacimiento. Ejemplo: Credencial de Elector, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Fe de Bautismo, Credencial del INAPAM, ISSTE, IMSS, Seguro Popular, Acta de algún hijo o de Matrimonio del interesado etc. • En caso de no ser originario del lugar donde se pretende registrar deberá además presentar los siguientes requisitos: A) Constancia de inexistencia del lugar de nacimiento. B) Constancia de vecindad del lugar donde reside. Nota: En caso de no contar con identificación oficial, la constancia de origen y vecindad deberá contar con fotografía. *Se puede adquirir en la Recaudación de Rentas. |
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