Autorización para registros extemporáneos mayores a 6 años.

Nombre del Trámite o Servicio:AUTORIZACIÓN DE REGISTRO EXTEMPORÁNEO PARA PERSONAS MAYORES DE 6
AÑOS DE EDAD Y MÁS.
Tipo de Usuario:Público en General.
Documento a obtener:Autorización de registro extemporáneo.
Descripción:Otorga la autorización de registro de nacimiento de personas que no fueron registradas en tiempo
Tiempo de Respuesta:1 a 5 días hábiles.
Fundamento Legal:Artículo 67 del Código Civil Vigente en el Estado de Oaxaca, 22 al 25, del Reglamento del Registro Civil, 24 de la Ley Estatal de Derechos.
Área donde se proporciona el servicio:Departamento de Aclaraciones y Registros Extemporáneos de la Unidad Jurídica del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Calle Manuel García Vigil # 602, Oaxaca de Juárez, Centro, Oaxaca.

C.P. 68000.
Teléfono951 5161663.
Horario de Atención9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes.
Requisitos:• Solicitud y cuestionario de registro extemporáneo debidamente requisitado (Serán proporcionados en el Departamento de Aclaraciones y Registros Extemporáneos).*
• Certificados de inexistencia de registro:

A) De la autoridad municipal correspondiente. (en donde no exista Oficialía del Registro Civil).

B) De la oficialía del Registro Civil.

C) Del Archivo Central.

• Documentos con los cuales acredite su nombre y fecha de nacimiento. Ejemplo: Credencial de Elector, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Fe de Bautismo, Credencial del INAPAM, ISSTE, IMSS, Seguro Popular, Acta de algún hijo o de Matrimonio del interesado etc.
• En caso de no ser originario del lugar donde se pretende registrar deberá además presentar los siguientes requisitos:

A) Constancia de inexistencia del lugar de nacimiento.

B) Constancia de vecindad del lugar donde reside.

Nota:

En caso de no contar con identificación oficial, la constancia de origen y vecindad deberá contar con fotografía.

*Se puede adquirir en la Recaudación de Rentas.