Expedición de constancia de registro extemporáneo.

Nombre del Trámite o Servicio:
INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO EXTEMPORÁNEO.
Tipo de Usuario:Personas mayores de 6 años en adelante.
Documento a obtener:Registro de nacimiento.
Descripción:Inscribir el registro de nacimiento de personas que no fueron registradas en tiempo.
Tiempo de Respuesta:El mismo día.
Fundamento Legal:Artículos 66 al 70, del Código Civil Vigente en el Estado de Oaxaca, 23 del Reglamento del Registro Civil, 24 de la Ley Estatal de Derechos. Circular Número 11 de 8 de julio del 2009 de la Dirección General del Registro Civil.
Área donde se proporciona el servicio:Oficialías del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Oficialias
Horario:9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes.
Requisitos1.- Presentación de la persona.

2.- Comparecencia e identificación oficial del padre o madre, ambos o persona distinta.

A) En progenitores casados: acta de matrimonio.

B) En progenitores solteros: actas de nacimientos (formato vigente).

3.- Autorización de Registro Extemporáneo. (para obtenerla ver requisitos en la Unidad Jurídica).

4.- Dos Testigos con identificación mayor de 18 años.

5.- Pago de derechos.

Notas:

Cuando existe acta de matrimonio civil solamente puede comparecer uno de los progenitores, el menor en este caso llevará los dos apellidos.

En padres solteros el registrado llevará los apellidos de los progenitores si comparecen ambos, en caso de que comparezca solamente uno, llevará los apellidos de quién comparezca.

Cuando el padre o madre o ambos no viven o no comparecen al registro. Acude persona distinta mayor de edad, con identificación.

Como identificación oficial pueden ser cualquiera de los siguientes documentos; credencial de elector, cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, licencia de manejo, cédula profesional, credencial de filiación al IMSS, ISSSTE, credencial del INAPAM, constancia de origen con fotografía etc.