Inscripción del acta de matrimonio

Nombre del Trámite o Servicio:INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO.
Tipo de Usuario:SOLO PARA MAYORES DE 18 AÑOS
Comprobante a obtener:Registro de matrimonio.
Descripción:Legalización de la unión de una pareja.
Tiempo de Respuesta:Según el día agendado.
Fundamento Legal:Artículos 53, 99, 100, 102, 103,104, 105, 143, 145, 147,177 y 178 del Código Civil Vigente del Estado de Oaxaca, 17 Fracción I, del Reglamento del Registro Civil y 24 de la Ley Estatal de Derechos.
Área donde se proporciona el servicio:Oficialías del Registro Civil.
Domicilio donde se otorga el servicio:Oficialias
Horario de Atención9:00 a 15.00 horas de lunes a viernes.
RequisitosI. Solicitud de registro de matrimonio conforme al formato autorizado por la Dirección General;
II. Copia certificada del libro, extracto o digital del acta de nacimiento de las personas solicitantes, en las que se acredite que son mayores de edad o de la cédula unica de identificación personal (CURP) de cada una de las personas contrayentes;
En caso de que alguna de las personas contrayentes sea extranjera, deberá presentar copia certificada de registro de nacimiento debidamente apostillada y/o legalizada; cuando se encuentre asentada en un idioma distinto al español deberá presentar la traducción correspondiente.
III. Identificación oficial vigente de las personas solicitantes;
IV. Convenio respecto a los bienes presentes y que se adquieran durante el matrimonio;
V. Cuando una o ambas personas hayan sido casadas con anterioridad o sean viudas, en caso de que de la consulta del Sistema Nacional de Identidad no se pueda advertir la disolución del vínculo matrimonial o la defunción de su anterior pareja, deberá exhibir copia certificada del registro de matrimonio con la inscripción de la disolución del vínculo matrimonial o copia certificada del acta de divorcio, o copia certificada de la sentencia de divorcio, copia certificada o nulidad de matrimonio y del auto que la declare firme o copia certificada del registro de defunción correspondiente;
VI. Comprobante de pago de derechos correspondiente.