Misión, Visión y Objetivos

Misión.

Promover el conocimiento y la divulgación de las expresiones y manifestaciones artísticas y culturales de toda índole, a través de la investigación, enseñanza y preservación de la identidad cultural de nuestro estado con perspectiva intercultural y respeto a los derechos humanos de manera transversal, para reforzar las expresiones artísticas para el bienestar en el estado de Oaxaca.

Visión.

Democratizar el arte y la cultura en todos los sectores sociales, privilegiando la inclusión y la libre manifestación de las ideas reflejadas en el arte y la cultura, alcanzando a posicionar a la Casa de la Cultura Oaxaqueña como un reservorio de expresiones en el ámbito cultural de las comunidades indígenas y afromexicanos consolidando el proyecto para transformación en el estado de Oaxaca.

Objetivos.

Objetivo General.

Promover y difundir las expresiones artísticas y culturales entre la sociedad oaxaqueña, priorizando acercar los servicios culturales a grupos en situación de vulnerabilidad y a atendiendo de forma especial a las y los infantes, adolescentes y jóvenes como una forma de construir un sentido de pertenencia a la herencia cultural de nuestro estado en cualquiera de sus manifestaciones, respetando la identidad cultural a través del nuevo pacto social para vivir en paz, revitalizar el patriotismo cultural de nuestros pueblos originarios y mostrar la grandeza de nuestro estado.

Objetivos estratégicos:

I.
Promover la libre manifestación de la cultura con el fin de lograr su difusión y elevar el nivel cultural de la Ciudad de Oaxaca y sus municipios conurbados.
II.
Estimular los trabajos de creación, investigación y difusión científicos, literarios y artísticos.
III.
Establecer intercambios culturales con instituciones similares, tanto del país como del extranjero.
IV.
Promover y fomentar la enseñanza artística a través de talleres, actividades y eventos de toda índole.
V.
Aplicar en todo momento las políticas, lineamientos y directrices que le asigne la Secretaría de Cultura.
VI.
Realizar los estudios, investigaciones y proyectos que considere pertinentes para la realización de su objeto.
VII.
En general, celebrar los actos jurídicos encaminados de manera directa o indirecta al cumplimiento de sus fines y realizar todas las actividades que la Ley de Entidades Paraestatales, el presente Decreto y demás ordenamientos legales aplicables le impongan.
VIII.
Cumplir, organizar y ejecutar sus actividades administrativas, contables y financieras de acuerdo con la Ley de Entidades Paraestatales, y siguiendo en todo lo señalado en los planes y programas de gobierno del Poder Ejecutivo y demás ordenamientos legales aplicables.
IX.
Ejercer todas las demás actividades inherentes a las anteriores y tendientes al eficaz cumplimiento de las mismas.