Acerca de PENSIONES

ANTECEDENTES HISTORICOS

En el año de 1917, figuró por primera vez dentro de la estructura orgánica del Gobierno del Estado un área de pensiones dependiendo directamente de la Secretaría General del Despacho, que involucraba a pensionados militares, civiles e inválidos, resultado de la inestabilidad social en la entidad; posteriormente en los años 1927, 1928 y 1930 volvió a operar dependiendo del Departamento de Fomento, Trabajo y Acción Social; para el año de 1944, el área de pensiones dependía directamente de la Procuraduría General de Justicia.

En el año 1958, siendo Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca el Licenciado Alfonso Pérez Gasga, se promulga el 29 de Mayo la Ley de Pensiones para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca, mediante la cual se crea la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca, quien será la encargada de la administración del Fondo de Pensiones y de la impartición de los Servicios sociales contemplados en la Ley.

Con base en lo anterior, la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca inició a sólo un año de su creación con el pago de pensiones y jubilaciones así como el apoyo económico a familiares de trabajadores fallecidos y el otorgamiento de los primeros préstamos hipotecarios a trabajadores que pasaban a ser pensionados.

Mediante decreto número 885, la Sexagésima Primera Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca aprobó la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, misma que fue publicada en el número 4, del Periódico Oficial del Estado con fecha veintiocho de enero del año dos mil doce, abrogando con ésta, a la Ley de Pensiones para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca de 1958.

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