Préstamo Hipotecario

  • Para compra de terreno o casa habitación
  • Para construcción, ampliación o reparación de casa habitación
  • Para redimir gravámenes de bienes inmuebles

DESCRIPCIÓN

Otorgar a los trabajadores con nombramiento legal, a los jubilados y pensionados del Gobierno del Estado un préstamo hipotecario. El monto del préstamo será hasta por 125 meses de salario mínimo sin que el monto pueda ser mayor del 100% del valor comercial del inmueble materia de la operación.

REQUISITOS

El trabajador con nombramiento legal, jubilado o pensionado, deberá presentar en el Departamento de Prestaciones Económicas Solicitud de Préstamo, que deberá contener nombre completo del solicitante, RFC, tipo de nombramiento, nivel y categoría actual que ostenta, adscripción, dependencia, domicilio y número de teléfono del solicitante, tipo de trámite que solicita, y debidamente firmada la solicitud; manifestando su conformidad para que se le efectúen los descuentos pactados, anexando la documentación requerida.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
  • Para compra de terreno o casa habitación
    • Contrato de promesa de compra-venta notarial.
    • Fotocopia de la escritura que ampare la propiedad del vendedor y que tenga inscripción definitiva ante el Registro Público de la Propiedad.
    • Original y fotocopia de avalúo comercial.
    • Original y fotocopia de Certificado de Libertad de Gravamen del terreno o casa habitación, expedido por el Registro Público de la Propiedad y que comprenderá un período de 10 años anteriores a la fecha de solicitud.
    • Certificado de no propiedad expedido por el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca.
    • Copia certificada del acta de matrimonio, en caso de ser soltero o soltera, manifestarlo por escrito bajo protesta de decir verdad.
    • Fotocopia del pago predial al corriente.
    • Fotocopia del primer nombramiento como trabajador del Gobierno del
      Estado.
    • Copia certificada por el registro civil del acta de nacimiento del interesado.
    • Fotocopia del recibo de pago de sus percepciones.
    • Croquis de localización del predio y del domicilio particular.
  • Para construcción, ampliación o reparación de casa habitación
    Además de los requisitos señalados en el préstamo para compra de casa o terreno, excepto los requisitos a) y b) deberán presentar:

    • Escritura original de propiedad inscrita con carácter definitivo en el Registro
      Público de la Propiedad.
    • Planos o croquis de construcción autorizados por la autoridad competente
    • Fotocopia del alineamiento oficial, expedido por la autoridad competente.
    • Fotocopia de la licencia de construcción, expedida por la autoridad competente.
      En el caso de que en el municipio al que corresponda el predio no se requieran los requisitos contemplados en los incisos b, c y d, bastará con presentar la manifestación de esto por escrito de la autoridad municipal.
  • Para redimir gravámenes de bienes inmuebles
    Además de los requisitos señalados en el préstamo para compra de casa o terreno, excepto los requisitos a) y b) deberán presentar:

    • Copia certificada de la escritura.
    • Constancia de saldo actual del adeudo por redimir.
    • Copia certificada del contrato de hipoteca por redimir.

HORARIO DE ATENCIÓN
De Lunes a Viernes de 10:00 – 14:00 hrs.

FUNDAMENTO JURÍDICO

Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, artículo 68, 69, 72, 73, 74, 75,76 y 77. Publicada en el Periódico Oficial No. 4 de fecha 28 de enero de 2012. Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca, artículos 72, 73, 74, 75, 76, 77 y sexto transitorio. Publicado en el Periódico Oficial Extra de fecha 14 de junio del año 2012.

SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE
L.A.E. PATRICIA CRUZ GÓMEZ.

ÁREA RESPONSABLE
Departamento de Prestaciones Económicas

ÁREA DE ADSCRIPCIÓN
Dirección de Prestaciones