

• Para compra de terreno o casa habitación
• Para construcción, ampliación o reparación de casa habitación
• Para redimir gravámenes de bienes inmuebles
DESCRIPCIÓN
Otorgar a los trabajadores con nombramiento legal, a los jubilados y pensionados del Gobierno del Estado un préstamo hipotecario. El monto del préstamo será hasta por 125 meses de salario mínimo sin que el monto pueda ser mayor del 100% del valor comercial del inmueble materia de la operación.

REQUISITOS
El trabajador con nombramiento legal, jubilado o pensionado, deberá presentar en el Departamento de Prestaciones Económicas Solicitud de Préstamo, que deberá contener nombre completo del solicitante, RFC, tipo de nombramiento, nivel y categoría actual que ostenta, adscripción, dependencia, domicilio y número de teléfono del solicitante, tipo de trámite que solicita, y debidamente firmada la solicitud; manifestando su conformidad para que se le efectúen los descuentos pactados, anexando la documentación requerida.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA • Para construcción, ampliación o reparación de casa habitación • Para redimir gravámenes de bienes inmuebles HORARIO DE ATENCIÓN |
.

FUNDAMENTO JURÍDICO
Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, artículo 68, 69, 72, 73, 74, 75,76 y 77. Publicada en el Periódico Oficial No. 4 de fecha 28 de enero de 2012. Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca, artículos 72, 73, 74, 75, 76, 77 y sexto transitorio. Publicado en el Periódico Oficial Extra de fecha 14 de junio del año 2012.

SERVIDOR PÚBLICO RESPONSABLE
L.A.E. Patricia Cruz Gómez.

ÁREA RESPONSABLE
Departamento de Prestaciones Económicas

ÁREA DE ADSCRIPCIÓN
Dirección de Prestaciones