Fracción XXXVII
Los mecanismos de participación ciudadana;
NO APLICA
FUNDAMENTO Y MOTIVACIÓN
Artículos 1° y 2° de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca, Lineamientos técnicos generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.
Derivado de la naturaleza de las atribuciones y facultades de la Oficina de Pensiones, no se llevan a cabo mecanismos que permitan, convoquen o fomenten la participación de las personas a través de opiniones, propuestas, manifestaciones, análisis, colaboraciones, entre otras; que sean individuales o como parte de consejos o comités, y que estén relacionadas con la toma de decisiones de interés público y el quehacer de institucional.