Fracción XXII
La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;
NO APLICA
FUNDAMENTO Y MOTIVACIÓN
Artículos, 2° fracción XXIV, 10, 11 fracciones IV, VI Ley de Deuda Pública.
La Oficina de Pensiones no cuenta con las facultades y atribuciones para generar la información especificada en esta fracción; lo anterior, toda vez que corresponde a la Secretaría de Finanzas la administración de la Deuda Pública del Estado de Oaxaca así como negociar, aprobar, celebrar y suscribir los contratos y documentos para la contratación de deuda pública a cargo del Estado.