Fracción XXII

Fracción XXII

La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;

NO APLICA

FUNDAMENTO Y MOTIVACIÓN

Artículos, 2° fracción XXIV, 10, 11 fracciones IV, VI  Ley de Deuda Pública.

La Oficina de Pensiones no cuenta con las facultades y atribuciones para generar la información especificada en esta fracción; lo anterior, toda vez que corresponde a la Secretaría de Finanzas la administración de la Deuda Pública del Estado de Oaxaca así como negociar, aprobar, celebrar y suscribir los contratos y documentos para la contratación de deuda pública a cargo del Estado.