Fracción II

Fracción II

Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;

FUNDAMENTO Y MOTIVACIÓN

Artículo 79 de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.

La organización y funcionamiento de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca, cuenta con la aprobación de un organigrama aprobado por poder ejecutivo, en concordancia al Reglamento Interno de la Oficina de Pensiones.