Depto. Jurídico

1.- OBJETIVO GENERAL

Brindar asistencia jurídica a las diferentes Áreas Administrativas de la Oficina de Pensiones, atender las gestiones y trámites para el cobro inmediato, por la vía jurídica de los préstamos vencidos; así como lo relacionado con las controversias de carácter legal

2.- FUNCIONES ESPECÍFICAS

Determinar con base en los criterios jurídicos las respuestas a las consultas que formulen los servidores públicos, con motivo de la interpretación y aplicación de la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado.
Fungir como representante legal del Director General de la Oficina de Pensiones, con todas las facultades que corresponda a los mandatos generales para pleitos y cobranzas.
Integrar los expedientes de solicitudes de pensiones y pago de seguros de vida, solicitando a los servidores públicos, deudos beneficiarios o terceros, las pruebas, constancias y documentación debida.
Revisar los proyectos de dictamen de las solicitudes de pensiones y seguros de vida y turnarlos al Director General para su presentación y aprobación por el Consejo Directivo.
Dar respuesta a las demandas, quejas o denuncias en que tenga injerencia la Oficina de Pensiones.
Asesorar jurídicamente a las Áreas Administrativas y en su caso elaborar contratos, convenios, actas administrativas y en general todo tipo de asunto de carácter jurídico en que tenga intervención la Oficina de Pensiones.
Realizar el cobro por la vía legal de los préstamos vencidos.
Elaborar los proyectos de acuerdos de reserva de información con base en los criterios de la Legislación en la materia.
Elaborar informes en materia de transparencia y acceso a la información y presentarlos ante las instancias correspondientes.
Recopilar la información pública de las diferentes áreas administrativas de la Oficina de Pensiones para la atención de solicitudes de información de la ciudadanía.
Coordinar de manera permanente, la publicación de información para el cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.
Coordinar y supervisar las funciones del personal bajo su mando.
Las demás que le señale el Director General y los ordenamientos legales afines y vigentes.

3.- CAMPO DECISIONAL

Determinar los asuntos en que fungirá como apoderado legal.

Elaborar los instrumentos jurídicos en que la Oficina de Pensiones forme parte.

Proyectar acuerdo de reserva de información.