1.- OBJETIVO GENERAL
Impulsar el desarrollo normativo y administrativo de la Oficina de Pensiones, estableciendo herramientas y mecanismos encaminados a propiciar el óptimo funcionamiento de las diferentes áreas que la conforman, acordes a los criterios establecidos por el Consejo Directivo y el Director General.
2.- FUNCIONES ESPECÍFICAS
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Mantener actualizado el marco normativo de la Oficina de Pensiones.
Diseñar, desarrollar y difundir disposiciones normativas y herramientas administrativas aplicables en las diferentes áreas de la Oficina de Pensiones.
Asistir al Director General en la planeación, organización y desarrollo de las asambleas del Consejo Directivo de la Oficina de Pensiones.
Dar seguimiento a la ejecución de los acuerdos autorizados por el Consejo Directivo y el Director General para el cumplimiento de las metas y objetivos de la Oficina de Pensiones.
Coadyuvar con las áreas de la Oficina de Pensiones en la aplicación de los criterios técnicos para la planeación, control y evaluación de sus acciones.
Efectuar estudios para desarrollar propuestas de programas para el mejoramiento de los servicios que presta la Oficina de Pensiones, justificando la aplicación o modificación.
Recabar información y preparar estadísticas de las prestaciones y servicios otorgados por la Oficina de Pensiones.
Recabar y coordinar el diseño de información para complementar los informes de gobierno, de acuerdo a la información que corresponda a la Oficina de Pensiones.
Ejecutar las actividades de difusión y emisión de ediciones sobre las actividades y servicios que presta de la Oficina de Pensiones, de conformidad con las instrucciones del Director de Prestaciones y al presupuesto autorizado.
Acordar con el Director de Prestaciones los programas y proyectos que le sean encomendados.
Coordinar con las diferentes áreas de la Dirección de Prestaciones el seguimiento y evaluación de los objetivos y metas institucionales, en razón de los programas establecidos encaminados a mejorar la calidad de las prestaciones y los servicios de la oficina.
Proporcionar la información que le requiera la Unidad de Enlace, en cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca.
Coordinar y supervisar las funciones del personal bajo su mando.
Las demás que le señale el Director de Prestaciones y los ordenamientos legales afines y vigentes.
3.- CAMPO DECISIONAL
Diseño, desarrollo y difusión de disposiciones normativas aplicables en las diferentes áreas.
Emisión de ediciones sobre las actividades y servicios que presta de la Oficina de Pensiones.