CONSTANCIA DE PENSIÓN

CONSTANCIA DE PENSION

 

  • DESCRIPCION

Documento con el cual, el jubilado o pensionado puede acreditar su pensión ante la Oficina de Pensiones, así también para los beneficiarios y le será de utilidad en trámites como pago de seguro de vida o pensión por fallecimiento.

 

  • REQUISITOS

En el caso de ser beneficiarios de jubilado o Pensionado deberá presentar en el área de nóminas, escrito dirigido al Director General de la Oficina de pensiones, mismo que deberá contener nombre completo del jubilado o pensionado, mencionar tipo de pensión en la que disfruta o disfrutaba  y el número de nómina  tipo de trámite que solicita, lugar, fecha y firma. Indicando para que tipo de trámite requiere la Constancia (Pensión por fallecimiento, Pago de Seguro de Vida).

 

HORARIO
De Lunes a Viernes de 9:00 – 15:00 hrs.

 

 

SUPERVIVENCIA

 

LOS JUBILADOS, PENSIONADOS Y PENSIONISTAS, TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE ACUDIR A LAS INSTALACIONES DE LA OFICINA DE PENSIONES, A FIRMAR SUPERVIVENCIA DURANTE LAS FECHAS ESTABLECIDAS POR LA OFICINA DE PENSIONES EN LOS MESES DE ENERO, MAYO Y SEPTIEMBRE DE CADA AÑO, DEBIENDO EL INTERESADO PRESENTAR UNA FOTOGRAFÍA TAMAÑO INFANTIL RECIENTE EN EL PRIMER PERIODO ANUAL DE FIRMA.