Secretaría Particular del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.

A la Secretaría Particular del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, le corresponden las facultades siguientes:

  1. Atender las solicitudes de Audiencia formuladas al Gobernador Constitucional del Estado y canalizarlas en razón de los temas expuestos a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal competentes para otorgar el seguimiento y atención correspondiente.
  2. Verificar el cumplimiento de la gestión gubernamental sobre temas relevantes y estratégicos del quehacer público del Titular del Poder Ejecutivo del Estado.
  3. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos e instrucciones dictadas por el Titular del Poder Ejecutivo, de conformidad con las normas aplicables.
  4. Planear, programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de las áreas integrantes la secretaría particular y mantener informado al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de la situación que guardan los asuntos que son de su competencia.
  5. Las que le confiera el Gobernador Constitucional del Estado y las que le señalen las demás disposiciones normativas aplicables.