Funciones

GUBERNATURA

El Poder Ejecutivo, está representado por el Gobernador del Estado, en términos de lo dispuesto por el numeral 66, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

La Gubernatura (Oficina staff de apoyo) al Titular del Poder Ejecutivo del Estado y/o al Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, las facultades, obligaciones y restricciones del Gobernador están reguladas en los Artículos 79, 80 y 81 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, tiene como objeto establecer las bases de organización, competencia, atribuciones y funcionamiento del Poder Ejecutivo, a través de la Administración Pública Estatal, Centralizada y Paraestatal.

El Poder Ejecutivo es representado por el Gobernador del Estado y está integrado de conformidad con lo establecido por el Artículo 3, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, donde refiere que en el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo del Estado, contará con la Administración Pública Estatal, que se regirá por la presente Ley y las demás disposiciones legales aplicables, y se organizará conforme a la Administración Pública Centralizada, integrada por la Gubernatura.

En ese tenor, se crearon siete áreas administrativas de apoyo que integran la Gubernatura, con sus respectivos Departamentos para auxiliar al de manera oportuna y eficaz al Gobernador Constitucional del Estado, organizando y coordinando el desarrollo de sus eventos, programados en su Agenda Oficial, brindándole seguridad y asesorías para la toma de decisiones, canalización de peticiones recibidas y con una eficiente administración, a través de servidoras y servidores públicos profesionales con claridad de la acción Gubernamental y en apego a los principios de transparencia, eficacia, legalidad y eficiencia.