Programa Integral Bienestar de Prevención al Cáncer Cérvico-Uterino

Programa Integral Bienestar de Prevención al Cáncer Cérvico-Uterino

Considerando que es prioridad del Gobernador Constitucional del Estado, el Lic. Gabino Cué Monteagudo, desarrollar políticas, programas y acciones que aseguren el bienestar y la salud de las mujeres oaxaqueñas, ya que éstas son el pilar para la integración de las familias del estado.

Que los estudios en materia de Salud Pública en el Estado de Oaxaca, indican que el cáncer cérvico-uterino es la primera causa de muerte por cáncer en mujeres mayores de 25 años de edad, causando anualmente el fallecimiento de 175 mujeres en este grupo de edad, en un promedio aproximado de un deceso cada dos días.

Que ante tal problema de salud pública, el Programa Integral Bienestar de Prevención al Cáncer Cérvico Uterino en Oaxaca, ha sido concebido por el Titular del Ejecutivo como una acción urgente y necesaria de gobierno para contribuir a disminuir las tasas de morbilidad y mortalidad causada por esta enfermedad en la población con mayor riesgo epidemiológico, acorde a las estadísticas de la población de aquellos municipios que han presentado las mayores cifras de positividad al virus del papiloma humano, a lesiones detectadas por citología exfoliativa y los mayores índices de defunción por cáncer cérvico uterino en los últimos cuatro años.

Que debido a que la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH) se incorporó a la Cartilla Nacional de Vacunación en el año 2012, el Programa Integral Bienestar de Prevención al Cáncer Cérvico-Uterino se enfocará en acciones de difusión y sensibilización, además de realizar el seguimiento de aquellas mujeres que no han acudido a su cita a clínica de colposcopia a través de la búsqueda intencionada

Que en un ejercicio democrático y responsable de las acciones de gobierno, se hace necesario transparentar el ejercicio de los recursos destinados a programas de carácter social, a través de la instrumentación de mecanismos de participación ciudadana, que permitan el seguimiento y evaluación de las actividades de la gestión gubernamental, por ello es que la operación de este Programa, se debe desarrollar mediante Reglas de Operación que establezcan procedimientos ágiles y sencillos que permitan delimitar las facultades y competencias de participación de las instancias que en él intervienen, así como, para coadyuvar en la correcta realización de las labores encomendadas al personal, a fin de propiciar la eficiencia y uniformidad en el trabajo.

Reglas de Operación (31 – 01 – 2013).