Atención a Inconformidades en Materia de Adquisiciones y Obra Pública

DESCRIPCIÓN DEL TRÁMITE

Recibir y dar seguimiento a inconformidades, conciliaciones y arbitrajes por incumplimiento de contratos y solicitudes de sanción a licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo establecido por la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

TIPO DE USUARIO

Arrendadores, Proveedores y Constructores del Gobierno del Estado de Oaxaca.


REQUISITOS

La Inconformidad: La Inconformidad, en materia de obra, deberá ser presentada por escrito o electrónicamente, por los actos que contravengan las disposiciones contenidas en la referida Ley de Obras, dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que estos ocurran o se notifiquen al inconforme del acto impugnado; Para el caso de la Inconformidad, por actos que contravengan las disposiciones contenidas en la citada Ley de Adquisiciones, las personas interesadas podrán inconformarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que éste ocurra o se notifique al inconforme de la realización del mismo; en ambos casos deberán contener:

  1. Nombre o razón social del inconforme.
  2. Domicilio para oír y recibir notificaciones y acuerdos, ubicado dentro del lugar de residencia de la autoridad que conocerá del acto impugnado.
  3. Pruebas ofrecidas.
  4. Identificación oficial del inconforme, o en su caso, copia certificada del instrumento notarial con el cual acredite su personalidad.
  5. Antecedente del acto impugnado.
  6. Motivo de la inconformidad.
  7. Copias de traslado para la autoridad emisora del acto impugnado y para los terceros afectados.

 

De la Conciliación y Arbitraje: Los proveedores podrán presentar quejas, mediante escrito impreso o a través de los medios remotos de comunicación electrónica, por motivo del incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los contratos que tengan celebrados con las Dependencias y Entidades, debiendo contener:

 

  1. Nombre o razón social del quejoso.
  2. Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del lugar de residencia de la autoridad que conocerá de la solicitud de conciliación.
  3. Identificación oficial del inconforme, o en su caso, copia certificada del instrumento notarial con el cual acredite su personalidad.
  4. En su caso, copia simple de los convenios modificatorios.
  5. Referencia del objeto, vigencia, monto del contrato y sus convenios modificatorios.

 

TIEMPO DE RESPUESTA

Variable

 

COSTO

Los costos de la reproducción y envío de la información solicitadas serán cubiertas por el solicitante. Los derechos por la expedición de copias certificadas y los materiales de reproducción estarán fijados en las leyes respectivas y deberán ser accesibles a los solicitantes. Lo anterior de conformidad con el artículo 21 de la Ley Estatal de Derechos del Estado de Oaxaca.


DOCUMENTO O COMPROBANTE A OBTENER

Acuse de recibo en primera instancia; y al final del procedimiento el oficio de respuesta a su solicitud.


DIAS Y HORARIO DE ATENCIÓN

Lunes a Viernes de 09:00 – 15:00 Horas


EN DONDE LLEVO A CABO MI TRÁMITE

Ciudad Administrativa Edificio 3, “Andrés Henestrosa” Nivel 3. Carretera Oaxaca – Istmo Km. 11.5 Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca. C.P. 68270

ÁREA DONDE SE PROPORCIONA EL TRÁMITE

Dirección de Responsabilidades Administrativas y Situación Patrimonial

 

NOMBRE DEL RESPONSABLE DEL ÁREA DONDE SE PROPORCIONA EL TRÁMITE

Mtra. Yanis Santiago Rodríguez

Directora de Responsabilidades Administrativas y Situación Patrimonial

01 (951) 501 5000 Ext. 10209


NOMBRE Y PUESTO DEL RESPONSABLE DEL TRÁMITE

Lic. Cristóbal Avendaño Rosas

Departamento de Inconformidades de Proveedores y Contratistas

01 (951) 501 5000 Ext. 10209


DUDAS, QUEJAS, DENUNCIAS O SUGERENCIAS

01 (951) 501 5000 ext. 10209 o bien, a través del correo electrónico dirigido a la dirección: drasp.recep@gmail.com

 


FUNDAMENTOS JURIDICOS QUE RIGEN ESTE TRÁMITE

Artículos 2 y 137 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 1, 3 fracción I, 23, 27 fracción XIV, 47 fracciones XVI, XXII y XXXIV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 10 fracciones V y VI, 103, 104, 105 y 108 de la Ley  de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, 1, 2, 3, 5 numerales 1.3, 1.3.2, 1.3.2.1, 66 y 68 del Reglamento Interno de la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, reformado y publicado en el Extra del Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el día primero de febrero de dos mil veintitrés.