Unidad administrativa: Departamento de Protección y Vigilancia Forestal
Descripción: Apoyar con acciones de combate, control y liquidación de incendios forestales, mediante brigadas oficiales contra incendios del Gobierno del Estado.
Fundamento del canal de atención
Artículo: 9, 13, 14, 24, 64, 68 67
Fracción: 9 II, 14 XIV, 24 ,V
Inciso: N/A
Párrafo: N7A
Numero: N/A
Letra: N/A
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Artículo: 9, 13, 14, 24, 64, 68 67
Fracción: 9 II, 14 XIV, 24 ,V
Inciso: N/A
Párrafo: N/A
Numero: N/A
Letra: N/A
Información NO disponible
Formato Requerido:
No se presenta formato
Costo: Gratuito
Medios alternativos
- Hacer reporte de incendios forestales.
- Recibir el reporte del incendio forestal.
- Verificar y confirmar el reporte del incendio forestal con la autoridad local (municipal o agraria), y preguntar si requieren el apoyo de una brigada oficial.
- Se moviliza una brigada oficial, para el apoyo y atención al combate del incendio forestal.
- El jefe de brigada toma el mando del incendio forestal, evaluando todas las condiciones que implique riegos, y determina el plan de combate, estableciendo criterios técnicos para el combate, control y liquidación del incendio forestal.
- Liquidado el incendio, el jefe de brigada, levanta un reporte de campo y hace entrega de la zona afectada a la autoridad correspondiente para la vigilancia de por lo menos 24 horas para evitar una reactivación del incendio forestal y se termina el servicio.
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 0 No aplica
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) Únicamente se requiere el reporte del incendio forestal vía telefónica y confirmación con una autoridad local, a través del coordinador de incendios forestales de la COESFO.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 Inmediato
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 En cualquier momento