Antecedentes
La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), entró en vigor en 1981 y es considerada la carta internacional de los derechos humanos de la mujer. Esta convención mandata que los Estados Parte deben incorporar la perspectiva de género en todas sus instituciones, políticas públicas y acciones con el fin de respetar, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a la no discriminación y al goce de la igualdad, promoviendo la igualdad sustantiva o de resultados.
La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing es otro instrumento internacional que regula y garantiza la igualdad entre mujeres y hombres, promoviendo el empoderamiento de las mujeres mediante lineamientos y mecanismos institucionales que coadyuven a cumplir con la igualdad sustantiva en el ámbito público y privado.
Por otro lado, el primer párrafo del artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala la igualdad jurídica entre mujeres y hombres.
Así nuestro marco legal se ha armonizado con los instrumentos internacionales por ello contamos con una Ley General y una Ley Estatal de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Normatividad
-Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGIMH_140618.pdf
Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el Estado de Oaxaca
Material de consulta
Manual para el uso de un lenguaje incluyente y con perspectiva de género