Funciones

ARTÍCULO 5. El objeto del Instituto es:

Implementar estrategias y líneas de acción de vanguardia para impulsar la política estatal en materia de apoyo a los emprendedores, así como a las micro, pequeñas y medianas empresas, propiciando su formación, innovación, competitividad, productividad, crecimiento, consolidación y su proyección en los mercados nacional e internacional, para contribuir al desarrollo económico y bienestar social;

Contribuir al mejoramiento económico y calidad de vida de los habitantes del Estado de Oaxaca al impulsar la actividad emprendedora y la consolidación de la actividad empresarial ya establecida;

III. Fomentar una cultura emprendedora y de consumo local con la participación del sector empresarial, instituciones de educación media superior y superior y el Gobierno del Estado; y

Fomentar una cultura de competitividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas del Estado de Oaxaca que contribuya al avance de la calidad de los productos y servicios que ofertan, incrementando su participación en el mercado nacional e internacional, con la finalidad de general desarrollo económico local y el bienestar social de los habitantes de Oaxaca.

CAPÍTULO II

DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO

ARTÍCULO 6. El Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

Diseñar, formular, desarrollar y ejecutar las políticas, estrategias, programas, acciones de fomento a la cultura emprendedora;

Diseñar, formular, desarrollar y ejecutar las políticas, estrategias, programas, acciones de fomento a la cultura de la competitividad y sustentabilidad de las Mipymes del Estado;

III. Diseñar y operar, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, fondos, fideicomisos y demás instrumentos que tiendan a la ejecución de la política estatal de apoyo a los emprendedores y a las Mipymes;

Coordinar los sistemas de incubación y aceleración de empresas existentes en el Estado, fomentado una eficiente vinculación con los emprendedores y Mipymes con la finalidad de lograr proyectos de negocios viables y competitivos;

Impulsar la generación de proyectos emprendedores, evaluar e identificar las áreas de oportunidad de los proyectos presentados al Instituto, canalizándolos a los programas o fondos que se adecuen a sus necesidades;

Brindar capacitación empresarial, para el desarrollo de proyectos emprendedores, fortalecimiento y generación de habilidades empresariales, financiamiento empresarial, procesos de comercialización, y desarrollo de planes de negocios y manuales empresariales en general;

VII. Vincular a los emprendedores y empresarios a los fondos y programas de apoyo de carácter público con recursos tanto federales, municipales o estatales, o en su caso del sector privado, académico, que para tal efecto se hayan establecido;

VIII. Fomentar la cultura emprendedora a través de la organización de cursos, conferencias, exposiciones, ferias, foros y en general eventos que impulsen la generación de nuevas iniciativas emprendedoras y la exposición de productos de origen oaxaqueño;

Promover la integración de los proyectos de negocio a las cadenas productivas, con una visión de corto, mediano y largo plazo;

Generar y ejecutar programas de acción para la reactivación económica de Mipymes siniestradas a causa por desastres naturales y/o conflictos de orden social a través de los fideicomisos que para tal caso sean aprobados;

Formular y ejecutar políticas y programas de apoyo y fomento a los emprendedores y Mipymes para asegurar su presencia y consolidación en los mercados nacionales e internacionales;

XII. Generar planes de acción con las instancias públicas y privadas competentes, encaminadas apoyar la exportación de los productos y servicios de origen oaxaqueños;

XIII. Coordinar con las instituciones y fideicomisos de diferentes órdenes de gobierno, así como con instituciones de la banca comercial, los esquemas que facilitan el acceso de financiamiento a los emprendedores y Mipymes que previa evaluación vincule el Instituto;

XIV. Generar espacios de primera atención y orientación a los interesados en desarrollar iniciativas emprendedoras , tanto de forma presencial como a través de plataformas de tecnologías de la información; garantizando el acceso a dicha orientación a todas las regiones del Estado;

Desarrollar en coordinación con la dependencia encargada de la materia proyectos que generen mejoras regulatorias que simplifiquen los trámites y operación de las Mipymes;

XVI. Implementar las acciones necesarias para promover la cultura emprendedora en coordinación con las instituciones de educación media superior y superior;

XVII. Participar en fondos o fideicomisos relacionados con su objeto;

XVIII. Desarrollar y ejecutar los programas, estrategias y mecanismos necesarios para la creación, desarrollo y fortalecimiento de agrupamientos regionales y clústers de innovación y financiamiento, que incidan en la creación, incubación, crecimiento, aceleración, consolidación y competitividad de las pequeñas y medianas empresas y los emprendedores del Estado;

XIX. Desarrollar investigaciones, estudios, análisis y demás esquemas de generación de información estadística confiable del entorno económico del Estado, que sirvan de marco referencial tanto para proyectos propios del Instituto como para diferentes instituciones públicas, privadas o del sector académico;

Operar y coordinar en conjunto con las instancias federales correspondientes la Red Estatal de Apoyo al Emprendedor con la finalidad de que las Mipymes y emprendedores del Estado participen y sean beneficiados por todos los programas y apoyos generados ya sea por la Red Nacional de Apoyo al Emprendedor u otras instancias relacionadas a la materia;

XXI. Suscribir todos los instrumentos legales necesarios para el correcto cumplimiento de su objeto; entre ellos de manera enunciativa mas no limitativa: convenios de coordinación y colaboración con dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, instituciones de banca pública y privada, organizaciones del sector empresarial, instituciones de educación media superior y superior, organizaciones no gubernamentales, así como títulos y operaciones de crédito, fideicomisos de garantía y mandatos que se requieran para la eficiente y eficaz operación del Instituto;

XXII. Ejecutar y vigilar el cumplimiento de las políticas, bases y programas generales que regulen los convenios, contratos, pedidos o acuerdos que deban celebrar el Instituto con terceros en relación a la adquisición, enajenación, arrendamiento y uso de bienes muebles e inmuebles y la contratación de los servicios necesarios para su operación y funcionamiento, así como suscribir todos los instrumentos legales para tal efecto en el ámbito de su competencia;

XXIII. Establecer a propuesta del Director General y con la aprobación del Consejo de Administración las reglas de operación de los programas de su competencia;

XXIV. Participar en fondos o fideicomisos relacionados con el cumplimiento de su objeto;

XXV. Implementar las acciones necesarias para promover el consumo local;

XXVI. Generar, operar y actualizar el padrón de proveeduría local del Estado de Oaxaca;

XXVII. Las demás que sean necesarios para el cumplimiento de su objeto y que le confieran las disposiciones legales, reglamentarias o normativas que le sean aplicables.