Funciones

 

De acuerdo con el Decreto del Ejecutivo del Estado de fecha 1 de diciembre del 2004, por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Instituto Oaxaqueño de Atención al Migrante (ioam), en el artículo 4, le corresponden las siguientes atribuciones y facultades:

I.- Implementar reuniones de análisis y discusión que cubran los diversos aspectos del fenómeno migratorio en el marco de las nuevas realidades que hoy se viven, a fin de producir un programa de acción a nivel estatal, nacional, regional y municipal.

II.- Impulsar una campaña de reconocimiento de la migración como uno de los derechos humanos fundamentales para alcanzar una mejor calidad de vida y por lo tanto se garantice el respeto y trato digno de los migrantes.

III.- Asegurar que se respeten los valores culturales y religiosos, las creencias y las prácticas de los migrantes, en la medida en que se ajusten a la legislación nacional y a los derechos universalmente reconocidos;

IV.- Proponer un estudio de los canales para las transferencias monetarias que se traduzca en una disminución en el costo del envió de dinero para los migrantes, así como el desarrollo de diferentes programas de aprovechamiento de las remesas que permitan la inversión productiva de las comunidades de origen.

V.- Promover y defender los derechos humanos y laborales de los migrantes, así como apoyar todas aquellas abones encaminadas a preservar la Integridad física, la dignidad y el patrimonio de los migrantes.

VI.- Diagnosticar, diseñar, elaborar y distribuir en las comunidades de origen y destino de los migrantes información general de carácter práctico, Capacitación y orientación permanente que ayudará al migrante a enfrentar y a resolver las múltiples vicisitudes y dificultades que el proceso migratorio representa.

VII.- Brindar orientación especializada y técnica cuando el migrante formule una consulta específica sobre cuestiones familiares, de salud, laborales, servidos gubernamentales o asuntos legales, brindando orientación y apoyo a los migrantes que visitan a sus familias en las comunidades de origen.

VIII.- Promover el intercambio de materiales informativos entre las comunidades de origen y destino, con el fin de mantener y reforzar los nexos de identidad y comunión entre ambas, procurando la vinculación entre comunidades, la organización comunitaria, Inversiones conjuntas y Asesoría, capacitación y consulta legal.

IX.- Apoyar a las comunidades de origen para que éstas puedan establecer organizaciones productivas que aprovechen los recursos que los migrantes aportan.

X.- Realizar, de conformidad con la normatividad respectiva, inversiones conjuntas en proyectos sociales y productivos en las comunidades de origen, combinando recursos financieros de los migrantes y de los gobiernos municipales, estatal y federal.

XI.- Ofrecer asesoría, entrenamiento y capacitación en actividades administrativas, gerenciales, técnicas y de comercialización, en beneficio de aquéllas empresas establecidas con recursos de los migrantes.

XII.- Promover y defender los derechos humanos y laborales de los migrantes, así como respaldar todas aquellas acciones encaminadas a preservar su Integridad física, su dignidad y su patrimonio.

XIII.- Gestionar ante la Cámara de Diputados estatal, la incorporación de una partida especial etiquetada destinada para el traslado a sus comunidades de origen de los mexicanos fallecidos en el extranjero;

XIV.- Promover con las autoridades aduanales mexicanas un trato digno y honesto a los migrantes que regresan a nuestro estado, interviniendo ante las instancias correspondientes para reforzar el combate a las redes de tráfico de personas.

XV.- Desarrollar programas de atención médica para los migrantes que regresen a sus tugares de origen, así como impulsar programas educativos para los migrantes y sus hijos.

XVI.- Llevar el seguimiento, la supervisión y evaluación de los programas que las diversas dependencias y entidades de la administración pública estatal operen a favor de la población y comunidades migrantes.

XVII.- Promover la coordinación de acciones con las instancias del gobierno federal, los gobiernos municipales y los organismos del sector social y privado que correspondan, para el establecimiento de programas de atención a la población y comunidades migrantes.

XVIII.- Promover la coordinación interestatal para que el ejecutivo del estado suscriba convenios y se instrumenten acciones que permitan la atención de los migrantes de origen oaxaqueño en los estados del país donde se asienten en forma temporal, transitoria o permanente.

XIX.- Promover la difusión de Información entre la población y comunidades migrantes que permita el conocimiento de sus derechos humanos y propicie su defensa.

XX.- Concertar con las instancias federales, estatales y municipales, los organismos del sector social y privado, las organizaciones de migrantes, las acciones de coordinación y apoyo que coadyuven a este objetivo