Los Derechos de las Audiencias

Son derechos de las audiencias:

• Recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la Nación.

• Recibir programación que incluya diferentes géneros que respondan a la expresión de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad.

• Que se diferencia con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta.

• Que se aporten elementos para distinguir entre publicidad y el contenido de un programa.

• Que se respeten los horarios de los programas y que se avise con oportunidad los cambios a la misma y se incluyan avisos parentales.

• Ejercer el derecho de réplica, en términos de la ley reglamentaria.

• Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y vídeo durante la programación, incluidos los espacios publicitarios.

• En la prestación de los servicios de radiodifusión estará prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

• El respeto a los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la igualdad de género y la no discriminación, y

• Los demás que se establezcan en ésta y otras leyes.

Consulta los documentos del marco legal.