DECRETO. POR EL QUE CREA EL ENTE GESTOR ENCARGADO DE LA PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN, SUPERVISIÓN, OPERACIÓN Y CONTROL DENOMINADO «SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METROPOLITANO CITYBUS OAXACA»
ARTÍCULO 4.-El Sistema, tiene por objeto:
I. Satisfacer la necesidad de un Transporte Colectivo en las Zonas Metropolitanas o Conurbadas del Estado de Oaxaca, con los estándares más altos en calidad, eficiencia, seguridad, sustentabilidad y las medidas de salubridad respectivas para proteger la salud;
II. Coordinar la planeación, programación, organización y ejecución del Sistema;
III. Vigilar y controlar la operación del Sistema;
IV. Elaborar estudios de factibilidad y proyectos ejecutivos para la mejora del Sistema, garantizando una movilidad segura y eficiente;
V. Establecer de acuerdo a su competencia las normas, políticas, criterios y procedimientos de carácter técnico que deban regir la operación del Sistema y del Sistema de Control de Flota y de Recaudo;
VI. Diseñar, planear y ejecutar la infraestructura especializada y el equipamiento necesario para el mejoramiento del Sistema, así como, las adecuaciones que resulten para su óptimo funcionamiento;
VII. Celebrar Contratos y Convenios necesarios para el cumplimiento de su objeto con autoridades federales, estatales y municipales, así como, con terceros o entidades financieras;
VIII. Establecer acuerdos con instancias de Gobierno Federal, Estatal, Municipal y/o particulares que requieran del servicio, equipo e infraestructura del sistema; y
X. Implementar un modelo de negocios que permita al Sistema otorgar el uso, goce y aprovechamiento de sus vehículos de transporte público, espacios para publicidad, cajeros dispensadores, tecnología y equipo disponible.