Dirección de Ordenamiento Territorial

Funciones

I. Promover y coordinar la elaboración de los planes y programas de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de zonas metropolitanas o conurbadas, supervisando su observancia y permanente actualización;

II. Coordinar la formulación y evaluación de las políticas y estrategias para promover y consolidar el Sistema Estatal de Planeación Urbana;

III. Promover y orientar sobre la ubicación y el uso de suelo para las infraestructuras, obra pública y privada, con fundamento en las leyes, reglamentos, planes y programas vigentes en la materia, con la finalidad de coadyuvar a la competitividad, al desarrollo equitativo, ordenado y sustentable de las regiones y centros de población que componen el Estado;

IV. Proponer la actualización de reformas y adiciones a las leyes y reglamentos en materia de infraestructuras y en particular de obra pública, ordenamiento territorial, y desarrollo urbano;

V. Definir y elaborar proyectos estratégicos de impacto al desarrollo territorial en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales que impulsen el desarrollo del Estado y sus regiones de conformidad con los planes y programas vigentes;

VI. Proponer, concertar y establecer programas, proyectos, acciones y medidas complementarias para el fortalecimiento de zonas estratégicas y zonas prioritarias, así como para la atención de zonas marginadas en las zonas metropolitanas y/o conurbadas del Estado;

VII. Impulsar y coordinar la elaboración de los estudios y procedimientos técnicos entre las instancias federales y municipales, así como las demás que se señalen en el marco de las facultades conferidas a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial;

VIII. Promover y elaborar las declaratorias de conurbación intermunicipal y de zonas metropolitanas que se originen como resultado de planes y programas en la materia;

IX. Definir y promover en coordinación con las autoridades municipales e instancias federales o estatales que corresponda, el uso del suelo de las reservas territoriales determinadas por los planes y programas en la materia;

X. Proponer medidas preventivas y/o correctivas a nivel municipal, metropolitano y regional relacionadas con el impacto urbano ambiental, para el cumplimiento de objetivos y metas establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Estatal de Ordenamiento Territorial;

XI. Promover la observancia y evaluar mediante indicadores de desempeño los instrumentos de planeación relativos al ordenamiento territorial y desarrollo urbano en el Estado, conforme a las disposiciones legales aplicables;

XII. Promover y participar en la elaboración de políticas y programas de difusión, asesoría técnica y jurídica destinados a las autoridades municipales para la elaboración y ejecución del ordenamiento territorial, así como para la administración efectiva del territorio; 

XIII. Promover y establecer en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, un sistema de información para la evaluación del desempeño y seguimiento del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos en el Estado;

XIV. Integrar y mantener actualizado un banco de estudios y proyectos urbanos, que permitan una planeación y ejecución eficiente y congruente con el Plan Estatal de Desarrollo;

XV. Supervisar y coordinar los trabajos encomendados a las Áreas Administrativas que conforman la Dirección de Ordenamiento Territorial, y en su caso coordinarse con las demás Áreas Administrativa que correspondan;

XVI. Coordinar la elaboración de la Licencia Estatal de Uso de Suelo de conformidad con las leyes, planes, programas y reglamentos vigentes en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano, y

XVII. Las demás que le señalen las disposiciones normativas aplicables y le confiera su superior jerárquico, en el ámbito de su competencia.