Tabla de Aplicabilidad Integral |
Índice de Expedientes Reservados |
Cumplimiento LTAO |
Artículo 70
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Artículo 71
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Artículo 80
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Artículo 81
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Artículo 71
Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información: |
El Plan Nacional de Desarrollo, los planes estatales de desarrollo o el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, según corresponda | LGTA71FIA1 |
El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados | LGTA71FIB1 |
Expropiaciones | LGTA71FIC1 |
El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Así mismo la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales | LGTA71FID1 |
Listado de Corredores | LGTA71FIE1 |
La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales | LGTA71FIF1 |
Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretender logar con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones | LGTA71FIG1 |