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Procedimiento de Conciliación Prejudicial

Homoclave: Conciliación-2023-10512-001-A  Tipo: Servicio  Tipo de trámite: Constancia

Dependencia: Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca

Unidad administrativa: Unidad Jurídica

Descripción: El objetivo es ofrecer el servicio público de conciliación laboral para la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones, en asuntos locales, antes de presentar demanda ante los juzgados.

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684
  • Fracción: B

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Centro de Conciliación Laboral del estado de Oaxaca
  • Artículo: 4
  • Párrafo: 1

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Constitución
  • Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Artículo: 123
  • Fracción: XX
  • Párrafo: SEGUNDO

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-E
  • Fracción: II

  • Fundamento del criterio de resolución
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-E

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-E
  • Fracción: IV

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-D

  • Fundamento del plazo máximo
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-D

  • Fundamento de la vigencia
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-D
  • Otro: TITULO DECIMO

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684
  • Fracción: C

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684
  • Fracción: E

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-E
  • Fracción: IV

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-D

  • Fundamento del requerimiento de conservar información
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-B

1.- Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Descripción
Copia de Identificación oficial con fotografía
Original
No
Núm de copias
3

  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Párrafo: 684-C
  • Fracción: I
Formato Requerido:

No se presenta formato

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - Presentarse en el domicilio del Centro de Conciliación Laboral, con alguna identificación oficial, en el horario de labores de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, o enviando su solicitud para inicio al procedimiento al correo electrónico centrodeconciliacion.oax@gmail.com
  2. - A través de la Unidad Jurídica se turnará a una sala de conciliación para empezar el procedimiento conciliatorio
  3. - La sala de conciliación a la que fue turnada expedirá su citatorio con fecha y hora para llevar a cabo su audiencia de conciliación
  4. - Se realizará la audiencia de conciliación en la fecha y hora establecida.
  5. - La audiencia de conciliación culminará con una constancia de conciliación o no conciliación.
  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 0 No aplica
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) La entrega del requisito será de forma favorable solo para llevar el proceso de conciliatorio, sin embargo, dependerá de la voluntad de ambas partes para llegar a una resolución favorable.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica
Vigencia:
Días hábiles de Vigencia
Observaciones:
El procedimiento de conciliación, no deberá exceder de cuarenta y cinco días naturales. La Autoridad Conciliadora tomará las medidas conducentes para que sus actuaciones se ajusten a dicho plazo.
Fundamento jurídico:
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 684-E

Quien puede solicitarlo

Interesado

Nombre
Elizabeth Inés García Merino
Cargo:
Jefa de Departamento de Control de Convenios
Correo:
elizabethinesgarciamerino2@gmail.com
Teléfono:
(951) 478-5270 Extensión:
Dirección:
No disponible

Nombre
Jorge Enrique Porras Sanchez
Cargo:
Jefe de la Unidad Jurídica
Correo:
porrasjorge.enrique@gmail.com
Teléfono:
(951) 571-9349 Extensión:
Dirección:
No disponible

Número de solicitudes aceptadas:
4558
Número de solicitudes rechazadas:
20
  • Centro de Conciliación Laboral Oficina Central
  • Calle Cerrada de Escultores,sin número,0,Santa María Ixcotel,C.P.71244,Santa Lucía del Camino,Santa Lucía del Camino,Oaxaca,Teléfono: (951) 571-9349,
    • Horario de Atención
    • Lunes 09:00 a 15:00
    • Martes 09:00 a 15:00
    • Miércoles 09:00 a 15:00
    • Jueves 09:00 a 15:00
    • Viernes 09:00 a 15:00

  • Centro de Conciliación Laboral, Oficina Región Istmo
  • Noche Buena,,11,INFONAVIT Zapandu 1a Etapa,C.P.70000,Juchitán de Zaragoza,Heroica Ciudad de Juchitán de Zaragoza,Oaxaca,Teléfono: (951) 571-9349,
    • Horario de Atención
    • Lunes 09:00 a 15:00
    • Martes 09:00 a 15:00
    • Miércoles 09:00 a 15:00
    • Jueves 09:00 a 15:00
    • Viernes 09:00 a 15:00

  • Centro de Conciliación Laboral Oficina Región Costa
  • Calle Lote número 2,7,2,Santa María Huatulco Centro,C.P.70980,Crucecita,Santa María Huatulco,Oaxaca,Teléfono: (951) 571-9349,
    • Horario de Atención
    • Lunes 09:00 a 15:00
    • Martes 09:00 a 15:00
    • Miércoles 09:00 a 15:00
    • Jueves 09:00 a 15:00
    • Viernes 09:00 a 15:00

  • ¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
  • Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • El procedimiento de conciliación prejudicial es para trabajadores que se rijan por el apartado a del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.