Reglamentos y registros de vacunación en el Estado de Oaxaca

ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA

Reglamentos y registros de vacunación en el Estado de Oaxaca

Por Zaria Fuentes Sánchez

La vacuna según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es una preparación destinada a generar inmunidad contra una enfermedad, estimulando la producción de anticuerpos. El mecanismo de operación de las vacunas es activar las defensas naturales del organismo y por lo tanto, reducir el riesgo de contraer enfermedades. Actúan desencadenando una respuesta de nuestro sistema inmunitario: primero reconoce al microbio invasor; genera anticuerpos, los cuales son proteínas que nuestro sistema inmunitario produce naturalmente para luchar contra las enfermedades; y recuerda la enfermedad y el modo de combatirla.

Los indicios más antiguos de la vacunación, son la inoculación de viruela en China en el siglo X y la primera práctica documentada se remonta al siglo XV. Este proceso consistía en una insuflación nasal de un polvo constituido por fragmentos de pústulas secas molidas de un portador a fin de lograr la inmunización de pacientes que sufrirían tipos leves de viruela. En 1803, el Rey de España Carlos IV, emitió un edicto que tenía como función: 1) vacunar gratuitamente a toda la población; 2) enseñar a preparar la vacuna antivariólica en los dominios de ultramar y 3) organizar Juntas Municipales de vacunación para llevar a cabo un registro de las vacunas realizadas y mantener suero para vacunaciones futuras. Y para darle seguimiento al edicto organizó una Real Expedición Filantrópica de la Vacuna, comisionando al médico real, Francisco Xavier de Balmis. Esta expedición partió de España en un barco con 22 niños vacuníferos y un grupo de asistentes, siguiendo el método de vacunación de Edward Jenner y con el plan de vacunar a los niños en grupos de dos a lo largo del viaje, de tal manera que hubiera pústulas frescas en todo momento. En 1804, parte del grupo llegó a México y posteriormente en 1805, continuaron hacia Filipinas con 26 niños mexicanos que transportarían la linfa vacunal.

En el Archivo Histórico del AGEO, existen varios expedientes relativos a la vacunación y sus registros, el documento más antiguo que se resguarda es de 1810 y trata sobre la solicitud del pago de salarios a la Junta Central de Vacunación, por el Maestro examinado José Néstor Cortés, comisionado para vacunar en el Partido de Tehuantepeque, además incluye una copia de la orden del Virrey emitida el 21 de mayo de 1808, donde establece que se aplicará la vacuna para librarse de la epidemia de viruela y para pagarlas, se tomarán de los bienes de comunidad de los pueblos de indios en su caso, y en el de los pueblos de razón y demás castas, lo costearan de sus bolsillos, así como un acta levantada en la Casa pública de vacunación por la Junta Central , donde se menciona que el medio de propagación de la vacuna sea de brazo en brazo para preservar a los niños de la viruela.

El 13 de marzo de 1831, el vice-gobernador del estado de Oajaca, José López de Ortigoza, emitió un reglamento elaborado por la Junta de Sanidad sobre la vacunación en niños y este establece la aplicación del pus vacuno que se recibió del gobierno de la federación, y que será aplicado por los facultativos en las casas comisariales, a los niños, 2 veces por semana y que los maestros de las escuelas deben de coadyuvar a que todos los niños se apliquen la vacuna.

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El primer registro de vacunados en el Archivo es de 1845, de la Prefectura de Villa Alta, que es un informe trimestral elaborado por el administrador de la vacuna en la parroquia de Zoochila que contiene los nombres, edades y pueblos de origen de los niños.

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Posteriormente por el decreto del gobernador Martín González del 28 de julio de 1899, emite una ley con 18 artículos, donde la vacuna es gratuita y obligatoria para todos los habitantes, se deberá aplicar a los niños antes de los 3 meses de edad, y deberán volverse a presentar estos para que se recoja la linfa vacunal, además se aplicará por médicos, preceptores y jueces civiles y se deberán llevar los registros, establecer multas a quien no acatara estas disposiciones.
En 1900, la Sria. de Gobierno del Estado de Oaxaca, elaboraba informes trimestrales donde se reportaban los registros de vacunados y la mortalidad por tifo y viruela en cada distrito del estado;

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posteriormente en 1904, entró en vigor el Reglamento de vacunación, que nombraba a los vacunadores regionales y les encomendó formar en su región los centros de vacunación. Un caso particular fue el vacunador de la 4°zona, Carlos Innes del Distrito de Ejutla, que además de emitir sus informes con la lista de estos centros, elaboró un instructivo para la elaboración de registros de vacunados, con aplicación de medidas de asepsia, la correcta inoculación de la linfa vacunal en los niños y la extracción de esta en niños ya con las postulas, además de los cuidados de los niños después de la vacunación, así como la edad y la selección para la extracción de la linfa.

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El Jefe político de Villa Alta, remitió a la Secretaria General de Gobierno, un plano de 1905, de la 5° zona y que tiene marcados sus 16 centros de vacunación.

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Estos documentos son muestra de los tesoros que se resguardan en el AGEO, y que están a disposición del público e investigadores para su consulta y de esta forma, rescatar la historia de nuestra entidad.