EL USO DEL PAPEL SELLADO.
Por Maryori López Hernández.
¿Sabes para que era el papel sellado y en que se ocupaba? A mediados del siglo XV Felipe IV quien en ese entonces era rey de España, dispuso mediante la Pragmática Sanción de 15 de diciembre de 1636, que todos los títulos y despachos reales, escrituras públicas, contratos entre partes, actuaciones judiciales, instancias y solicitudes al rey, así como otros documentos se escribiesen en papel que llevase el sello oficial impreso en la parte superior del documento.
Se crearon cuatro tipos de sellos, cada uno tenía una función diferente; el sello primero tenía un costo de 24 reales, solo era utilizado por virreyes, presidentes, ministros de Justicia, Guerra y Hacienda. El sello segundo tenía un costo de 6 reales y se usaba para testamentos, escrituras y contratos. El sello tercero tenía un costo de 1 real y se usaba para los asuntos judiciales presentados ante los virreyes, cancillerías, audiencias y tribunales. El sello cuarto tenía un costo de 1 cuartillo y era utilizado por los despachos de oficio, memoriales y documentos que realizaban los pobres de solemnidad y los indios.
Como vimos, esto fue implementado por el gobierno de España, pero México también lo empezó a utilizar a principios de 1644, en el Archivo General del Estado de Oaxaca tenemos testimonio de que efectivamente se usó el papel sellado, pues muchos de los documentos del siglo XIX contienen el sello, el cual tenía validez de solo dos años, pero si por alguna u otra razón no se utilizaba podía ser resellado para que volviera a tener validez, también se pagaba por resellar el papel.

Decreto de uso de papel sellado.
En la caja 3679 expediente 17 del fondo histórico, está un decreto de 1842, donde el presidente de ese entonces Antonio López de Santa Anna, decretó que habría seis tipos de sellos, el sello primero se usaría en los registros de buques, títulos de tierra cuyo valor sea más de dos mil pesos, en los testamentos cuyo heredero no sea descendiente o ascendiente, si no colaterales o extraños, en las libranzas que otorguen más de tres mil pesos.
El sello segundo se usaría en los registros de buques de comercio de cabotaje, en títulos de tierras cuyo valor sea de quinientos a mil novecientos noventa y nueve pesos, en el otorgamiento de poderes, en las copias o testimonio sueltos que se den por los jueces o escribanos para uso de partes, cuando la acción de estas sea desde quinientos hasta mil novecientos noventa y nueve pesos.
El sello tercero se usaría en los títulos de tierras, escrituras de venta o contrato, cuando la cantidad que importen no llegue a quinientos pesos, en todo memorial o libelo de petición o demanda civil intentada en todo tribunal secular o eclesiástico, en los protocolos o registros de los escribanos o jueces receptores, en que se escriban las diferentes clases de instrumentos públicos que otorguen las partes en sus contratos o negocios.

Sello tercero.

Sello cuarto.
El sello cuarto para todo memorial o libelo de petición criminal, intentada en todo tribunal secular o eclesiástico, en los autos originales de las actuaciones interlocutorias o definitivas, traslados, declaraciones y todo trámite que haga el juez, en las certificaciones que dieren los párrocos de partida de bautismo, casamiento, entierro u otro acto de su ministerio, excepto las viudas y huérfanos pobres, en los avisos al público de remates y almonedas, entre otros. El sello quinto en las memorias o testamentos y demás recados de los notoriamente pobres, en escritos y demandas de los mismos, y en las actuaciones que se hicieren a consecuencia de ellos, en causas puramente criminales en que se proceda por acusación.
El papel sellado se implementó porque era un impuesto rentable que traía un beneficio económico al gobierno, pero por otra parte se ocupaba como un soporte documental y evitaba falsificaciones en los documentos. Ejemplares de estos sellos los puedes encontrar en los documentos que se resguardan en el Archivo Histórico del Archivo General del Estado de Oaxaca, por lo que los invitamos a que nos visiten y consulten el valioso patrimonio documental de nuestra entidad.