Obras pías, capellanías y testamentos en el Archivo General del Estado de Oaxaca

Archivo General del Estado de Oaxaca

Obras pías, capellanías y testamentos en el
Archivo General del Estado de Oaxaca

Por Jacobo Babines López

La salvación de almas, a través de la fundación de obras pías, capellanías y la celebración de los testamentos, es un aspecto que se dio durante la época colonial en nuestro país y específicamente en el estado de Oaxaca, según información hallada en el Archivo Histórico, dentro del Fondo Gobierno, Sección Secretaria del Despacho, Serie Asuntos religiosos, Subserie Obras pías, capellanías y testamentos, documentos que datan de 1646 a 1863. Valiosa información que nos permite apreciar cómo la salvación de las almas de los feligreses en Oaxaca era algo muy importante, ya que era un medio para mitigar los pecados cometidos y asegurar la entrada en el cielo.

Desde la Baja Edad Media la Iglesia católica insistió en la importancia del momento de la muerte para la salvación del alma, para esto era fundamental el arrepentimiento y la ayuda de los sacramentos en ese trance final, como también unas adecuadas disposiciones testamentarias que ofreciesen una parte del patrimonio acumulado en favor de la salvación del alma.

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El pensamiento sobre la muerte y el purgatorio adquiere un protagonismo esencial en la feligresía católica. La idea del purgatorio como sitio intermedio entre el cielo y el infierno, un lugar de purificación para las almas en tránsito hacia el cielo, alimentó todo un sistema de intercesión de los vivos por los muertos, de solidaridad entre los parroquianos, cuyo intermediario natural fue la Iglesia.

Las obras pías son instituciones piadosas que se establecieron durante en el periodo colonial y continuaron durante la primera parte del siglo XIX, generalmente estaban dotadas con algunos bienes raíces dispuestos por el fundador y su renta se invertía en alguna acción caritativa (conventos, escuelas, misiones, orfanatos, hospitales, etc.). Esta idea deriva de la concepción de la caridad encarnada en la tradición judeocristiana, que no tiene otra finalidad que ayudar a los necesitados a través de la creación de fundaciones piadosas y con estas buenas obras, asegurar la salvación del alma de quienes fundaron la obra pía.

Por otra parte el término capellanía se deriva de capilla, es una fundación destinada a un sacerdote cuya finalidad era oficiar misas en memoria de los difuntos. Una capellanía de misas operaba de la siguiente manera: una persona, a quien se llamaba fundador, donaba determinados bienes para que con Ia renta que estos produjeran, se sostuviera a un capellán, mismo que quedaba obligado a decir, o a mandar decir si todavía no estaba ordenado, cierto número de misas en favor del alma del fundador y de las personas que este último estipulara. El fundador obtenía el beneficio espiritual de Ia misa y el capellán reciba Ia recompensa económica de Ia renta. A Ia muerte o renuncia del capellán en turno, Ia capellanía pasaba a un nuevo capellán, de acuerdo con las reglas de sucesi6n establecidas por el fundador.

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Tanto las obras pías, como las Capellanías, se estipulaban o formulaban dentro de los Testamentos, o últimas voluntades en vida. Este instrumento público se realizaba en presencia de un escribano notario (fedatarios), donde se asentaba la última voluntad del testador: primeramente se afirmaban como creyentes de la fe católica y se procedía con la estipulación de las acciones después de su muerte: como la disposición de dónde debía enterrarse, a qué advocación se ponían a su protección (Jesucristo, Virgen María o un santo en especial) y qué obras se harían para la salvación de su alma (obra pía, capellanía, limosnas, cofradía), así como la disposición de los bienes materiales que dejaba en el mundo terrenal, a quienes nombraba sus herederos, albaceas, tutores, curadores y depositarios, que administrarían sus bienes y serían responsables de ejecutar sus disposiciones.

En la época colonial se prestaba una notable atención a los testamentos, solicitando a los párrocos que exhortaran a los fieles para que los realizaran cuando estuvieran bien de salud, sin esperar al último momento, y que en ellos expresaran y declararan las misas, aniversarios y otras obras pías que quisieran se realizaran por sus almas, sin dejarlas a la voluntad de los herederos o ejecutores testamentarios. Eran los testamentos el instrumento con que la Iglesia regularizaba las propiedades que se dejaban a censo (hipoteca) y con las rentas de estos inmuebles, se llevaría a cabo la ejecución de las obras pías y capellanías.

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En el archivo Histórico del AGEO, hallamos información de estas instituciones piadosas como la de 1802, donde Don Vicente Domínguez, albacea de Don Juan María García, pide que Doña María Josefa Parellon, otorgue las escrituras a favor de una capellanía de tres mil pesos a favor del oratorio de San Felipe de Neri en la ciudad de Oaxaca. En 1806 Don José Domingo Martínez, albacea y heredero de Don José González Cisneros, cura difunto de Tlacochahuaya, dejó en su poder tres mil pesos a favor de una obra pía para el curato. En el mismo año se determinó que se le devolviera a Don Diego González Cataneo, la cantidad de tres mil pesos de censo redimible sobre el molino de la Santísima Trinidad de la villa de Etla, para la dotación de la capellanía eclesiástica a favor de su hijo. Por último, en el año de 1863 encontramos un expediente con información de las capellanías de: Don Juan Terrelon por 3 000 pesos, Luis G. Laure por 2 000 pesos, Carlos Terrelon por 2 000 pesos, José María Galindo por 2 000 pesos y Manuel García por 2 000.

Como podemos apreciar las instituciones piadosas eran frecuentes en el accionar de la historia de nuestro estado. Sin archivos ordenados no hay cultura, ni historia, ni transparencia. Los invitamos a consultar estas joyas documentales en el Archivo histórico del AGEO para que conozcan el devenir histórico de nuestra patria chica.