El puente de Yalálag

EL PUENTE DE YALÁLAG

Por Eva Leticia Sixto Limeta.

Una de las grandes satisfacciones de trabajar en el Archivo General del Estado de Oaxaca es tener contacto con expedientes que relatan parte de la historia, en este caso del Puente “El arco” o “El Centenario” de Villa Hidalgo Yalálag, pueblo donde mis padres nacieron y que ocupa un gran lugar en mi corazón.

Villa Hidalgo Yalálag se localiza al este de la capital del Estado, aproximadamente a 104 kilómetros, limita con las siguientes poblaciones: al norte con San Melchor Betaza, al sur con Mixistlán, al oeste con Yatzachi El Bajo y San Mateo Cajonos, al este con San Cristóbal Chichicaxtepec. En el año 1510 le dieron el nombre de Yalálag que oficialmente significa “Cerro desparramado”; antes San Juan Yalálag, obtuvo su categoría de Villa y la denominación de Hidalgo por decreto número 35 en noviembre del 1877.

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Presupuesto hecho por el albañil Miguel Velásquez.

Por el año 1885, Yalálag ya era un pueblo grande, su caserío se ocultaba entre las malezas y la arboleda. La hilandería, la curtiduría y la huarachería eran industrias locales importantes. Los pobladores se clasifican así mismos, en amplios términos, como campesinos todos ellos. Algunos combinan el trabajo agrícola, el taller y las rutinas de plaza. Los albañiles, los alfareros, mezcalilleros y meladores se ocupaban en sus respectivas especializaciones en el clima favorable para ellas, el seco y en las labores agrícolas en el lluvioso. Aunque hacer adobes, ladrillos y tejas, y construir paredes, pertenecen a una clase de trabajo susceptible de aprenderse con facilidad, se recurría a los especialistas para no exponerse a un fracaso o pérdida de tiempo.

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Croquis y dibujo del puente realizado por el jefe político.

En 1910 se inauguró la “carretera” corta de Tlacolula quedando así mejor comunicada, y con la forzada cooperación de varios pueblos, se construyó el gran puente de mampostería llamado el “arco”, sobre el río de la Hamaca y en el límite con los Cajonos.

En el AGEO, en el expediente 8 – Fondo Gobierno; Sección: Secretaría del Despacho; Subseries: Informes – se encuentra el informe donde el jefe político del Distrito de Villa Alta Jesús Fernández visitó 8 pueblos del Distrito en mayo del 1912, he aquí parte de lo reportó de la inspección a Villa Hidalgo Yalálag:

“Pide el pueblo la terminación del puente “El Centenario” en cuya obra se ha gastado $2502.44ȼ pero aun cuando para esta obra el presupuesto se formó con un presupuesto de $5000.00 el que suscribe que fue a ver personalmente la obra distante 4 kilómetros de la población calcula que con la existencia en caja en la tesorería municipal que arroja $912.65ȼ mas lo que se siga recaudando es suficiente para terminar el Puente, pues por el croquis que formé y que vá adjunto se vera que el trabajo que falta es de relleno y nivelación para lo que no hay necesidad ni de traer maestros albañiles de la capital del estado ni ocurrir al contingente que an dado los pueblos inmediatos, siendo que los materiales que se necesitan son piedra, cal y arena que los tiene el mismo Villa Hidalgo y la mano de obra está dispuesta a darlo el mismo pueblo, solicito pues la autorización de ese Gobierno para proceguir la obra de dicho Puente a fin de procurar terminarla en el menor tiempo posible a ver si se consigue antes de que se establezca el tiempo de agua que es cuando crece con exeso el rio. Va también el presupuesto primitivo que se formó al comenzar la obra que por razones expuestas me parece exagerado.”

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Puente “Arco” o “El Centenario” actualmente.

El jefe político también expresó que las existencias puedan disponerse libremente, así como los donativos y servicios personales sean sin presión alguna, vigilando la Jefatura la buena inversión de los fondos; el 30 de mayo de 1912 fue aprobada la solicitud en todas sus partes para sus efectos.

Como sociedad debemos preservar este tipo de construcciones que implicó el talento y esfuerzo de aquellos que los materializaron. Los archivos son un puente con la historia, una herencia del pasado y un compromiso con el futuro.

[spacer size=»10″] Fuentes.
Oaxaca. Villa Hidalgo Yalálag http://www.inafed.gob.mx/work/enciclopedia/EMM20oaxaca/municipios/20038a.html
Fuente, Julio de la. 1949. Yalálag; una villa zapoteca serrana. México: CDI, 2012. Obras fundamentales de la antropología y el indigenismo en México, volumen2.
Canseco Hugo (2020) El puente de arco, fotografía.

Las partes de novedades de seguridad pública y milicia

LAS PARTES DE NOVEDADES DE SEGURIDAD PÚBLICA Y MILICIA

Por Jacobo Babines López.

Dentro de la multitud de documentos que se resguardan en el Archivo General del Estado de Oaxaca, destacan por su información las partes de novedades que elaboraban los grupos de Policía dentro de Seguridad Pública y dentro de la Gendarmería de Milicia en los siglos XIX y XX, pues en ellas se encuentran una variedad de hechos y situaciones referentes a la tranquilidad pública en los partidos y municipios que conformaban el estado de Oaxaca.

De acuerdo al Reglamento de Policía del Distrito del Centro del Estado de Oaxaca de 1882, especifica que el Inspector General, dará parte escrito de todas las novedades del día anterior, haciendo resumen de los que le remitan las Comisarías. De acuerdo con las obligaciones de los Comisarios, deberían llevar el registro de partes de novedades, donde deberían anotar los nombres, apellidos y domicilio de los inculpados, el delito del que aparecen responsables, el agente que realizó la aprehensión, hora de la consignación, nombres y domicilios de los querellantes, de los ofendidos y de los testigos; descripción de la persona, casa o lugar en que se cometió el delito; relación sucinta de las providencias dictadas para realizar la averiguación y aprehensión de los responsables.

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Milicia. Parte de novedades 1 de septiembre de 1820.

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Milicia. Parte de novedades 15 de junio de 1819.

También, debían llevar el copiador de partes a la Inspección General, conteniendo información de los derrumbes y estado ruinoso de los edificios, los de destrucción de calles y arboledas, los mensuales de conducta de todos los empleados de la policía, la consignación de vagos, infractores de policía, infracciones de disciplina, de objetos y animales abandonados, depósito de niños extraviados, remisión de informaciones sobre expósitos y de asilados.

Registro de ebrios, con los nombres, habitaciones de los ebrios depositados, el nombre y designación legal de quien los presentó, lugar en que fueron encontrados y objetos o dinero que se les guardo durante el depósito. Registro de encargados, apellidos y nombres de las personas cuya aprehensión dispongan las autoridades, ya sea directamente o por conducta de la Inspección general: el funcionario que verifica el encargo, la autoridad que lo ordena, la causa y el resultado. De los sucesos notables; los incendios, homicidios, plagios, suicidios, derrumbes, epidemias y todo delito o acontecimiento notable y las providencias tomadas en cada caso.

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Policía. Parte de novedades 1 de octubre 1877.

Por último, se rendirán diariamente a la Inspección General, por la mañana, una relación de las novedades ocurridas en la demarcación durante el día y la noche anteriores, una noticia del movimiento de pasajeros habido en los hoteles, mesones, hospederías y casas particulares de su demarcación, en esta relación se expresará brevemente cada acontecimiento; el lugar, la hora, los nombres de los aprehendidos y cómplices descubiertos; la autoridad a quien se consignaron y el número del parte de remisión y la clasificación del hecho.

Como puede apreciarse son un gran número de hechos que debían reportar periódicamente los Comisarios a la Inspección General de Policía, por lo que les vuelven fuentes importantes del acontecer cotidiano, social y público en nuestro estado.

Por otra parte, en el Reglamento de la Gendarmería Militar de 1879, especifica que dentro de las funciones del Comandante de la compañía, tendrá un registro de los servicios meritorios, castigos y penas de cada uno de los miembros de su compañía, así como actas sumarias a reos y de su entrega a la autoridad correspondiente, asi como un registro de partidas, en el que anotará todo aquello de interés al servicio de la Gendarmería. De las partes que recibiere de sus subordinados, dará aviso inmediato al Jefe de armas del lugar, siempre que sepa o sospeche que se puede alterar la tranquilidad pública. Cuando los Gendarmes de servicio vuelvan al cuartel, se les pasará una revista escrupulosa y anotaran y darán parte de cuanto ocurra. Cuando se esté dando el servicio ordinario de seguridad la Gendarmería en tiempos de paz, además de las partes que deben de dar los jefes de los destacamentos o partidas al capitán o jefe inmediato mientras dure su comisión, tienen que dar cuenta a su regreso de todas las novedades ocurridas, tanto de sus subordinados como al servicio especial que se le encomendó.

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Policía. Parte de novedades 29 de noviembre de 1870.

Como puede apreciarse también en el Ejército, se llevaba un estricto control del accionar de sus fuerzas, apoyándose en la Gendarmería quien actuaba como policía dentro de la Milicia, este control se daba con las partes de novedades emitidas tanto por los Comandantes como por los Gendarmes, quienes a través de estos reportes informaban cualquier falta al código militar y su correspondiente castigo, para continuar con su disciplina castrense.

Por todo esto los invitamos a que consulten las Partes de Novedades que se resguardan en 151 cajas AG12, que datan de 1845 a 1950, en el Fondo Gobierno, sección Seguridad Publica, serie Órdenes del día y parte de novedades y las 43 cajas AG12, que datan de 1814 a 1949, del Fondo Milicia, sección Administrativa, serie Informes, subserie Órdenes del día y partes de novedades. Ya que en estos documentos se encuentra la valiosa historia de la implementación de la tranquilidad pública, que hoy en día la conocemos como Seguridad Pública.

Fuentes:
Leyes y Decretos de Oaxaca, Tomo XI, 1881-1883, Reglamento de Policía del Distrito del Centro del Estado de Oaxaca, 17 de junio de 1882. Págs. 159-300.

Memoria de Guerra y Marina, presentada al Congreso de la Unión, el 31 de Mayo de 1881, Tomo I, Reglamento de la Gendarmería Militar, 25 de enero de 1879. Págs. 213-227.