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Consultoría y apoyo técnico en geología, minería, metalurgia y materiales.

Universidad Tecnológica de la Mixteca

Modalidad: Persona física o persona moral
Descripción: Apoyo a la micro, pequeña y gran empresa, así como a autoridades municipales y grupos organizados, en proyectos encaminados al conocimiento y la explotación de recursos minerales, así como a la determinación de algunas propiedades mineralógicas, físicas y mecánicas de rocas, metales, concretos y morteros.
1.- Escrito Libre (de solicitud o petición)
Documento en formato libre dirigido a la Rectoría de la UTM con atención al Instituto de Minería en donde se para solicite un servicio, debe de contener los generales de la dependencia o empresa, el número de muestras que envía y/o el tipo de estudio que requiere.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Decreto
  • Nombre: Decreto de creación de la Universidad Tecnológica de la Mixteca
  • Artículo:
  • Fracción: III

2.- Escrito libre de solicitud
Este documento es un oficio dirigido a la Vice-Rectoría Académica de la Universidad Tecnológica de la Mixteca, que específica el tipo de estudio, la localidad, datos generales y medios de contacto.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Número: Octavo

Formatos
Formato Requerido:

Formato general de solicitud de servicio

  • Costo:
  • 300.00 - 3,000.00
  • Monto calculado
  • Moneda en la que se realizó el pago:Pesos Mexicanos
  • Metodología utilizada para cálculo del monto:El solicitante o interesado deberá acordar con la Universidad el tipo de estudio, el número de muestras a estudiar y entregará la(s) misma (s) en el día señalado para el desarrollo del análisis correspondiente, por lo que, sobre dicha información, se consideran los insumos de reactivos u otros requerimientos y con ello se determina el importe a cobrar.
  • Fundamento Jurídico:
  • Nombre: Decreto de creación de la Universidad Tecnológica de la Mixteca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: II

  • ¿En dónde puedo realizar el pago?

    Bancos: Cuenta clabe 021614040005404191 banco HSBC, a nombre de la Universidad Tecnológica de la Mixteca.

Presencial

  1. - Presentar una solicitud en formato libre dirigido a la Rectora de la Universidad Tecnológica de la Mixteca, con atención al Instituto de Minería, en donde contenga información sobre el tipo de estudio que solicita, la localidad donde se realizará el estudio, los datos generales del solicitante y un número de teléfono para contacto.
  2. - El Instituto de Minería analizará la solicitud y responderá en función de las posibilidades técnicas para la realización del servicio.
  3. - En función de la respuesta del Instituto de Minería el usuario decidirá si se continua con el servicio.
Dirección del Instituto de Minería
  • Av. Dr. Modesto Seara Vázquez, No. Ext 1, Acatlima, C.P.69004, Acatlima, Heroica Ciudad de Huajuapan de León, Oaxaca, Teléfono: (953) 532-0399, 320__
Horario de Atención
  • Lunes 09:00 a 19:00
  • Viernes 09:00 a 19:00
  • Martes 09:00 a 19:00
  • Miércoles 09:00 a 19:00
  • Jueves 09:00 a 19:00
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • El servicio proporcionado por el Instituto de Minería, no tiene costo. Sin embargo, es importante que los solicitantes consideren que los gastos derivados del traslado a la comunidad o empresa, así como los consumibles de pruebas que se requieran, serán por cuenta del usuario. La metodología descrita para resolver si se otorga el servicio, es un análisis de capacidad técnica y de disponibilidad de personal. Existen asesorías técnicas que se pueden realizar, porque sólo requieren de un experto que analice los materiales o localidades de interés del solicitante. Sin embargo en algunas ocasiones se requiere de pruebas especializadas y si bien contamos con un laboratorio medianamente equipado, no tenemos el total de los equipos que se requieren en un estudio a profundidad.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 1 Meses
  • Fundamento jurídico
  • Tipo: PlazoMaximo
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo

  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) 1.- El Director del Instituto realiza un análisis de las capacidades técnicas y de personal disponible para realizar el servicio. 2.-¿Hay capacidad técnica y de personal para realizar el servicio? a) Sí o b) No. a) Se hace una planeación para brindar la atención al solicitante. Posteriormente se pone en contacto con el solicitante para acordar los pormenores del servicio. Se otorga el servicio. Fin del proceso. b) El director de Instituto se pone en contacto con el solicitante para manifestarle que no se tiene capacidad técnica o de personal para la realización de su solicitud. Fin del proceso.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 2 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 2 Días hábiles

Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo segundo

  • Interesado
  • Representante legal

Nombre:
Patricia Magaly Gallegos Acevedo
Cargo:
Director de Instituto
Correo:
dirmineria@mixteco.utm.mx
Teléfono:
(953) 532-0399 Extensión: 320
Dirección:
No disponible

Número de solicitudes aceptadas:
0
Número de solicitudes rechazadas:
0

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Decreto
  • Nombre: Decreto de creación de la Universidad Tecnológica de la Mixteca
  • Artículo:
  • Fracción: III

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Octavo

  • Fundamento del monto o derechos
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Decreto
  • Nombre: Decreto de creación de la Universidad Tecnológica de la Mixteca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: II

  • Fundamento del criterio de resolución
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo segundo

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo primero

  • Fundamento del plazo máximo
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Numero: Décimo primero