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Inscripción de hipoteca

Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca

Modalidad: Persona física y/o moral
Descripción: Inscripción de registro de contratos y operaciones de crédito o mutuo con garantía hipotecaria o prendaria, así como los que se destinen al financiamiento de la producción agrícola, o fideicomiso sobre bienes inmuebles y/o sus modificaciones
1.- Escrito libre de solicitud
Escrito dirigido al Registrador en turno
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley por la que se crea el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 23

2.- Escrituras del Predio
Instrumento notarial relativo a la hipoteca, mutuo o garantía o convenio modificatorio
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Código
  • Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 2889

3.- Comprobante de Pago del trámite
Comprobante expedido por institución bancaria donde se verifique el pago de derechos
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Número: Sexto

Formatos
Formato Requerido:

No se presenta formato

  • Costo: 14.00 Actualización (UMA)
  • Fundamento Jurídico:
  • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
  • Artículo: 44
  • Fracción: II

  • ¿En dónde puedo realizar el pago?

    Bancos: Citibanamex: 4866; BBVA Bancomer 0582122; Banorte 003600; HSBC 4047; Scotiabank 1063

    Tiendas: Chedraui, Tiendas Neto, OXXO, Farmacias del Ahorro, Bodega Aurrera, Waltmart

Presencial

  1. - Consultar las oficinas más cercanas al trámite que desea realizar: https://www.oaxaca.gob.mx/ifreo/registradurias/
  2. - El interesado presenta la documentación necesaria para el inicio de su trámite en la oficialía de partes para su atención
  3. - La oficialía de partes turna al área correspondiente para su atención
  4. - El funcionario público califica si la documentación es un acto susceptible a registrar
  5. - Pasado el tiempo establecido para el registro, el usuario regresa a la oficialía de partes de la oficina de atención correspondiente para verificar que su trámite haya concluido
Coordinación de la Función Registral
  • 5 de mayo, No. Ext 200, Oaxaca, C.P.68000, Oaxaca de Juárez, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Teléfono: (951) 516-0420
Horario de Atención
    ¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
    • No
    Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
    • En el caso de oficinas centrales se apoya con la expedición de línea de captura ante SEFIN y es posible realizar el pago con tarjeta bancaria. Se le recomienda al interesado regresar continuamente o llamar a los teléfonos indicados para verificar el estatus de su trámite.

    • Plazo de respuesta
    • Tiempo de respuesta 30 Días hábiles
    • Fundamento jurídico
    • Tipo: PlazoMaximo
    • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
    • Numero: Décimo

    • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) Los registradores calificarán bajo su responsabilidad los documentos que se presenten para la práctica de alguna inscripción o anotación, la que denegarán en los casos siguientes: I. Cuando el Título presentado no sea de los que deben inscribirse o anotarse; II. Cuando el documento no revista las formas exigidas por la ley; III. Cuando el contenido del documento sea contrario a las leyes prohibitivas o de interés público; IV. Cuando el documento no reúna los datos a que se refiere el artículo 2894; V. Cuando haya incompatibilidad entre el texto del documento y sus antecedentes registrales; VI. Cuando falte algún otro requisito que deba llenar el documento de acuerdo con el Código u otras leyes aplicables. En estos casos, se devolverá el Título sin registrar, pudiendo el interesado recurrir la calificación hecha por el registrador ante el Director del Instituto de la Función Registral. Si éste confirma la calificación, el interesado podrá reclamarla en juicio sumario ante la autoridad judicial
    • Plazo de prevención
    • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 Inmediato
    • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 Inmediato

    Vigencia:
    No aplica de Vigencia
    Observaciones:
    Fundamento jurídico:
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Código
    • Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 2892

    • Interesado
    • Tercero con carta poder
    • Representante legal

    Nombre:
    Joab Kalid Barraza Pacheco
    Cargo:
    Jefe de Digitalización y Gestión
    Correo:
    joab12345@gmail.com
    Teléfono:
    (951) 516-0891 Extensión: 115
    Dirección:
    No disponible

    Número de solicitudes aceptadas:
    40000
    Número de solicitudes rechazadas:
    100

    • Fundamento del monto o derechos
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
    • Artículo: 44
    • Fracción: II

    • Fundamento que da origen al trámite o servicio
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Reglamento
    • Nombre: Reglamento del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Oaxaca
    • Artículo: 39

    • Fundamento del criterio de resolución
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Código
    • Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 2892

    • Fundamento del canal de atención
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley por la que se crea el Instituto de la Función Registral del Estado de Oaxaca
    • Artículo: 3
    • Fracción: XXVIII

    • Fundamento del plazo máximo
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Lineamientos
    • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
    • Numero: Décimo