Si el trabajador tiene menos de 5 años de contribuir al fondo de pensiones deberá contar con dos avales, si tiene 5 años o más y menos de 10 años de contribuir al fondo de pensiones deberá contar con un aval, si el trabajador tiene 10 años o más de contribuir al fondo de pensiones, o el solicitante es jubilado o pensionado, no será necesario aval alguno