Otorgamiento de pensión por inhabilitación o invalidez
Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Modalidad: Presencial
Descripción: Otorgar pensión por inhabilitación invalidez al trabajador del Gobierno del Estado de Oaxaca, que cumpla con los requisitos que establece la Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca.
1.- Escrito libre de solicitud
Solicitud que deberá contener los requisitos señalados en el artículo 3 del Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
2.- Constancia de continuidad de servicios reciente
Constancia de continuidad de servicios reciente expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración si labora en el Sector Central o por el Área Administrativa correspondiente si labora en un Organismo Autónomo, en un Organismo Descentralizado, en el Poder Legislativo o en el Poder Judicial.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: I
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
3.- Constancia de aportación al Fondo de Pensiones
Constancia de aportación al Fondo de Pensiones, expedida por la Oficina de Pensiones
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: II
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
4.- Primer nombramiento
Primer nombramiento como trabajador del Gobierno del Estado de Oaxaca
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: III
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
5.- Último nombramiento u oficio de regularización al puesto
Último nombramiento como trabajador del Gobierno del Estado de Oaxaca u oficio de regularización al puesto
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: IV
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
6.- Constancia del último sueldo base mensual percibido
Constancia del último sueldo base mensual percibido, expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración si labora en el Sector Central o por el Área Administrativa correspondiente si labora en un Organismo Autónomo, en un Organismo Descentralizado, en el Poder Legislativo o en el Poder Judicial.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: V
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
7.- Acta de nacimiento
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: VII
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
8.- Fotocopia certificada del libro de registro en que obra el acta de nacimiento
Fotocopia certificada del libro de registro en que obra dicha acta, ambas expedidas por el Registro Civil
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: VII
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
9.- Clave Única de Registro de Población (CURP)
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
1
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: VIII
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
10.- Constancia de no adeudo expedida por la Secretaría de Finanzas
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: IX
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
11.- Constancia de no adeudo expedida por la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: X
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
12.- Constancia de no adeudo expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la de la Secretaría de Administración
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 35
Fracción: XI
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
13.- Dictamen de salud con el que se acredite su inhabitación o invalidez
Dictamen de salud con el que se acredite su inhabilitación o invalidez para seguir trabajando, expedido por alguna de las siguientes instituciones públicas: a) Instituto Mexicano del Seguro Social; b) Servicios de Salud de Oaxaca; c) Uno o más médicos designados por la Oficina de Pensiones; Quienes se apoyarán de los antecedentes médicos, patológicos o de enfermedades del trabajador.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
Fracción: I
14.- Copia certificada de la Carpeta de Investigación
Si la inhabilitación o invalidez es por consecuencias violentas, el trabajador debe proporcionar copia certificada de la Carpeta de Investigación correspondiente..
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
Fracción: III
15.- Constancia de sueldo base que haya recibido al momento de ocurrir la inhabilitación
En el caso de las solicitudes de pensión por riesgos de trabajo, el interesado deberá presentar su constancia de sueldo base que haya percibido al momento de ocurrir la inhabilitación expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración si labora en el Sector Central o por el Área Administrativa correspondiente si labora en un Organismo Autónomo, en un Organismo Descentralizado, en el Poder Legislativo o en el Poder Judicial.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
Párrafo: Último
Formatos
Formato Requerido:
No se presenta formato
Costo: Gratuito
Presencial
- Presentar solicitud de pensión por invalidez en el Departamento Jurídico de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Departamento Jurídico (Recepción de solicitudes de Pensiones y pagos de seguro de vida)
Amapolas, No. Ext 510, Reforma, C.P.68050, Oaxaca de Juárez, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Teléfono: (951) 132-7002, 25___
Horario de Atención
Jueves 10:00 a 14:00
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
La solicitud de pensión por invalidez deberá cumplir con lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca.
Artículo 3. Para el trámite de las prestaciones que otorga la Oficina de Pensiones, la interesada o el interesado deberá presentar su solicitud dirigida al Consejo Directivo cuando se trate del otorgamiento de pensiones y préstamos hipotecarios, y dirigida a la Directora o Director General cuando se trate de promociones distintas a éstas, a excepción del trámite de constancias que serán dirigidas según lo previsto en este Reglamento de Operación.
Las solicitudes a que se refiere el párrafo anterior deberán efectuarse por escrito y conteniendo como mínimo los siguientes requisitos:
I. Nombre completo de la o el solicitante, domicilio, registro federal de contribuyentes y número telefónico particular, en caso de que el solicitante sea un trabajador, mencionar la dependencia en la que labora, el área de adscripción, la categoría, el nivel y tipo de nombramiento; en caso de ser un jubilado, pensionado o pensionista mencionar tipo de pensión de la que disfruta y el número de nómina asignado por la Oficina de Pensiones;
II. Lugar y fecha;
III. Precisar el tipo de trámite que solicita, los hechos y razones que dan motivo a la petición;
IV. Enlistar los documentos que se ofrezcan;
V. En su caso, el domicilio para oír y recibir notificaciones y el nombre de la persona autorizada para recibirlas;
VI. Estar firmada por la parte interesada, en el caso que éste no pueda firmar,
estampará su huella digital firmando con él un testigo que autentifique la huella; y
VII. En caso de tratarse de inhabilitado o menor de edad, lo deberá tramitar su representante legal o quien por ley tenga la tutoría.
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 0 No aplica
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica
Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Tabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 30
Fracción: IV
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 88
Fracción: IV
Interesado
Nombre:
Lorena del CarmenBohorquezMedina
Cargo:
Jefa del Departamento Jurídico de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Correo:
juridico.pensiones@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 132-7002Extensión: 25
Dirección:
No disponible
Número de solicitudes aceptadas:
1
Número de solicitudes rechazadas:
0
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 5
Fracción: I
Inciso: d
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Tabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 30
Fracción: IV
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 88
Fracción: IV
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Reglamento
Nombre: Reglamento de Operación de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca
Artículo: 38
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley de Pensiones para los Trabajadores del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 5
Fracción: I
Inciso: c
Fundamento del requerimiento de conservar información