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Otorgamiento de pensión de retiro por edad y tiempo de servicios del Fondo de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales

Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca

Modalidad: Persona física
Descripción: Otorgamiento de pensión de retiro por edad y tiempo de servicios al Integrante que cumpla con los requisitos que establece la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
1.- Escrito libre de solicitud
Solicitud dirigida al Director General de la Oficina de Pensiones del Estado de Oaxaca que deberá contener los requisitos señalados en el artículo 5 de Reglas de Operación.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32

2.- Constancia de antigüedad
Original de la Constancia de antigüedad, expedida por el área administrativa que corresponda.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: I

3.- Constancia de percepciones mensuales
Original de la Constancia de percepciones mensuales expedida por el área administrativa que corresponda.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: II

4.- Contrato de enganche
Copia certificada del contrato de enganche.
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: III

5.- Hoja de servicios
Copia certificada de la hoja de servicios
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: IV

6.- Acta de nacimiento
Original del acta de nacimiento del solicitante.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: V

7.- Clave Única de Registro de Población (CURP)
Original de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
1

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: VI

8.- Comprobante de pago
Fotocopia del ultimo comprobante de pago y original para cotejo
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
1

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: VII

9.- Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Identificación Oficial vigente
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
1

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32
  • Fracción: VIII

Formatos
Formato Requerido:

No se presenta formato

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - El interesado presentará una solicitud dirigida al Director General que deberá contener los requisitos señalados en el artículo 5 de las Reglas de Operación así como los anexos correspondientes.
  2. - La solicitud es recibida y revisada con todos sus anexos por el Departamento de Prestaciones de las Instituciones Policiales de la Oficina de Pensiones.
  3. - De cumplir con todos los requisitos se elaborará un dictamen de pensión, misma que el Director General someterá al Comité Técnico para su discusión y en su caso aprobación, en la Sesión Ordinaria que corresponda a la convocatoria inmediata posterior a la fecha de presentación de las solicitudes de pensión.
  4. - Aprobada la solicitud de pensión por parte del Comité Técnico, el Departamento de Prestaciones de las Instituciones Policiales da el seguimiento respectivo y notifica de manera personal al interesado el dictamen aprobado. En caso de no ser favorable el dictamen, La Oficina de Pensiones a través del Departamento Jurídico, notifica de manera personal al interesado cumpliendo con el procedimiento correspondiente.
Departamento de Prestaciones de las Instituciones Policiales
  • Amapolas, No. Ext 510, Oaxaca, C.P.68000, Oaxaca de Juárez, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Teléfono: (951) 132-7002, 43
Horario de Atención
  • Lunes 09:00 a 15:00
  • Martes 09:00 a 15:00
  • Miércoles 09:00 a 15:00
  • Jueves 09:00 a 15:00
  • Viernes 09:00 a 15:00
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • Pueden solicitar la pensión de retiro por edad y tiempo de servicios aquellos integrantes que teniendo 65 años, hubiesen prestado servicios a la Institución de Seguridad Pública de su adscripción durante un mínimo de 15 años y estar al corriente con sus cuotas al Fondo de Pensiones.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 90 Días hábiles
  • Fundamento jurídico
  • Tipo: PlazoMaximo
  • Nombre: Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instittuciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 15
  • Párrafo: 3

  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) 1. Recepción de la solicitud. 2. Revisión documental y verificación de requisitos. Si hay inconsistencias o falta documentación, se notifica al solicitante dentro de un plazo de 10 días hábiles. 3. Análisis y elaboración del dictamen. 4. Presentación del dictamen al Comité Técnico. 5. Notificación de la resolución: - Si es aprobada, se le informa el procedimiento para comenzar a recibir la pensión. - Si es rechazada, se le entrega la justificación por escrito y los pasos a seguir si desea impugnar la decisión. 6. Registro y pago de la pensión.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 10 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 60 Días hábiles

Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instittuciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 11
  • Fracción: II

  • Interesado

Nombre:
Diego Fernando Urbieta Villavicencio
Cargo:
Jefe del Departamento de Prestaciones de las Instituciones Policiales
Correo:
ppoliciales.pensiones@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 132-7002 Extensión: 43
Dirección:
No disponible

Número de solicitudes aceptadas:
16
Número de solicitudes rechazadas:
0

  • Fundamento del plazo máximo
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instittuciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 15
  • Párrafo: 3

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instittuciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 5
  • Fracción: II

  • Fundamento del criterio de resolución
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instittuciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 11
  • Fracción: II

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 32

  • Fundamento del requerimiento de conservar información
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Archivos para el estado de Oaxaca
  • Artículo: 11
  • Fracción: I

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 38
  • Párrafo: Segundo

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Reglas
  • Nombre: Reglas de Operación para el Cumplimiento de las Prestaciones del Fondo de Pensiones Previstas en la Ley de Pensiones para los Integrantes de las Instituciones Policiales de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Oaxaca.
  • Artículo: 42