Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca
Modalidad: Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
Descripción: Recibe de un grupo de socios del sindicato colectivo demanda para la nulidad de alguna de las siguientes tomas de nota:
a) Cambios de comité ejecutivo.
b) Baja de socio del sindicato colectivo.
Cuando menos con la información:
a) Relatoría de hechos.
b) Ofrecimiento de pruebas.
c) Documentación comprobatoria.
d) Domicilio dentro de la ciudad de Oaxaca de Juárez para ser notificado.
e) Datos generales de la persona que recibirá las notificaciones.
1.- Escrito de Demanda
Para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación del escrito de demanda respectivo, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia... Artículos 81 fracción II y 82 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
3
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 81
Fracción: II
Otro: 82
Formatos
Formato Requerido:
No se presenta formato
Costo: Gratuito
Presencial
- El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 0 No aplica
Fundamento jurídico
Tipo: PlazoMaximo
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia; a la respuesta que se dé en igual forma, y a una sola audiencia en la que se presentarán las pruebas y alegatos de las partes y en la que se renunciará resolución, salvo cuando a juicio de la propia Junta se requiera la práctica de diligencias posteriores, en cuyo caso se ordenará que se lleven a cabo y, una vez efectuadas, se dictará la resolución que corresponda.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 No aplica
Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 81, 82, 83
Interesado
Representante legal
Nombre:
FabiolaDávilaCruz
Cargo:
Secretaria General de Acuerdos
Correo:
fabiola.davilacruz@gmail.com
Teléfono:
(951) 501-5000Extensión: 11377
Dirección:
No disponible
Nombre:
Cecilia del Carmen Franco Vásquez
Cargo:
Encargada del Departamento de Asuntos Colectivos
Correo:
cecilia.franco@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 501-5000Extensión: 11402
Dirección:
No disponible
Número de solicitudes aceptadas:
15
Número de solicitudes rechazadas:
0
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 81, 82 y 83
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 80
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738
Fundamento del requerimiento de conservar información
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 82, 83, 88
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
Artículo: 81, 82, 83
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca