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Resolución de conflictos intersindicales

Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca

Modalidad: Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca.
Descripción: Recibe de un grupo de socios del sindicato colectivo demanda para la nulidad de alguna de las siguientes tomas de nota: a) Cambios de comité ejecutivo. b) Baja de socio del sindicato colectivo. Cuando menos con la información: a) Relatoría de hechos. b) Ofrecimiento de pruebas. c) Documentación comprobatoria. d) Domicilio dentro de la ciudad de Oaxaca de Juárez para ser notificado. e) Datos generales de la persona que recibirá las notificaciones.
1.- Escrito de Demanda
Para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación del escrito de demanda respectivo, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia... Artículos 81 fracción II y 82 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
3

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 81
  • Fracción: II
  • Otro: 82

Formatos
Formato Requerido:

No se presenta formato

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 0 No aplica
  • Fundamento jurídico
  • Tipo: PlazoMaximo
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738

  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia; a la respuesta que se dé en igual forma, y a una sola audiencia en la que se presentarán las pruebas y alegatos de las partes y en la que se renunciará resolución, salvo cuando a juicio de la propia Junta se requiera la práctica de diligencias posteriores, en cuyo caso se ordenará que se lleven a cabo y, una vez efectuadas, se dictará la resolución que corresponda.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 No aplica
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 No aplica

Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 81, 82, 83

  • Interesado
  • Representante legal

Nombre:
Fabiola Dávila Cruz
Cargo:
Secretaria General de Acuerdos
Correo:
fabiola.davilacruz@gmail.com
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11377
Dirección:
No disponible

Nombre:
Cecilia del Carmen Franco Vásquez
Cargo:
Encargada del Departamento de Asuntos Colectivos
Correo:
cecilia.franco@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11402
Dirección:
No disponible

Número de solicitudes aceptadas:
15
Número de solicitudes rechazadas:
0

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 81, 82 y 83

  • Fundamento del monto o derechos
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 80

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Federal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Federal del Trabajo
  • Artículo: 733, 734, 735, 736, 737 y 738

  • Fundamento del requerimiento de conservar información
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 82, 83, 88

  • Fundamento del criterio de resolución
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 81, 82, 83

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 81
  • Fracción: II