Centro de Conciliación Laboral del Estado de Oaxaca
Modalidad: Trabajadores y patrones que sean regulados por lo establecido en el párrafo segundo de la fracción XX del artículo 123, apartado A, de la Constitución Federal.
Descripción: El objetivo es ofrecer el servicio público de conciliación laboral para la resolución de los conflictos entre trabajadores y patrones, en asuntos locales, antes de presentar demanda ante los juzgados.
1.- Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Copia de Identificación oficial con fotografía
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
3
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-C
Fracción: I
Formatos
Formato Requerido:
No se presenta formato
Costo: Gratuito
Presencial
- Presentarse en el domicilio del Centro de Conciliación Laboral, con alguna identificación oficial, en el horario de labores de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, o enviando su solicitud para inicio al procedimiento al correo electrónico centrodeconciliacion.oax@gmail.com
- A través de la Unidad Jurídica se turnará a una sala de conciliación para empezar el procedimiento conciliatorio
- La sala de conciliación a la que fue turnada expedirá su citatorio con fecha y hora para llevar a cabo su audiencia de conciliación
- Se realizará la audiencia de conciliación en la fecha y hora establecida.
- La audiencia de conciliación culminará con una constancia de conciliación o no conciliación.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
El procedimiento de conciliación prejudicial es para trabajadores que se rijan por el apartado a del artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 0 No aplica
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) La entrega del requisito será de forma favorable solo para llevar el proceso de conciliatorio, sin embargo, dependerá de la voluntad de ambas partes para llegar a una resolución favorable.
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 No aplica
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 No aplica
Vigencia:
Días hábiles de Vigencia
Observaciones:
El procedimiento de conciliación, no deberá exceder de cuarenta y cinco días naturales. La Autoridad Conciliadora tomará las medidas conducentes para que sus actuaciones se ajusten a dicho plazo.
Fundamento jurídico:
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Interesado
Nombre:
Elizabeth InésGarcíaMerino
Cargo:
Jefa de Departamento de Control de Convenios
Correo:
elizabethinesgarciamerino2@gmail.com
Teléfono:
(951) 478-5270Extensión:
Dirección:
No disponible
Nombre:
Jorge EnriquePorrasSanchez
Cargo:
Jefe de la Unidad Jurídica
Correo:
porrasjorge.enrique@gmail.com
Teléfono:
(951) 571-9349Extensión:
Dirección:
No disponible
Número de solicitudes aceptadas:
4558
Número de solicitudes rechazadas:
20
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684
Fracción: B
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Ley
Nombre: Ley del Centro de Conciliación Laboral del estado de Oaxaca
Artículo: 4
Párrafo: 1
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Federal
Tipo: Constitución
Nombre: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo: 123
Fracción: XX
Párrafo: SEGUNDO
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Fracción: II
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Fracción: IV
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-D
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-D
Fundamento de la vigencia
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-D
Otro: TITULO DECIMO
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684
Fracción: C
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684
Fracción: E
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-E
Fracción: IV
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Federal
Tipo: Ley
Nombre: Ley Federal del Trabajo
Artículo: 684-D
Fundamento del requerimiento de conservar información