Descripción: La baja temporal de la o el estudiante consiste en la interrupción
de los estudios durante un lapso determinado. Podrá tramitarse en el momento que lo requiera.
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
Los artículos 64, 65, 109 y 114 del Reglamento Escolar de la modalidad escolarizada, establecen los supuestos por los cuales procede la Baja Temporal de la o el estudiante, aun cuando este trámite no la solicite la madre, padre o tutor.
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 0 Inmediato
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 Inmediato
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 0 Inmediato