Descripción: Acreditar el fallecimiento de la persona mediante el acta correspondiente.
1.- Identificación Oficial (IFE, INE o Pasaporte Vigente)
Identificación oficial del declarante y de los dos testigos.
¿Debo presentar original?
No
¿Cuántas copias debo presentar?
1
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 44
Fracción: VI
Formatos
Formato Requerido:
No se presenta formato
Costo: Gratuito
Presencial
- Comparecerá el usuario que requiere el trámite y dos testigos mayores de edad, prefiriéndose a los parientes del finado, y que sepan firmar. Todos con identificación oficial.
- Cuando se trate de muerte violenta el ciudadano solicitante deberá presentar el oficio del Agente del Ministerio Público que anexe el cetificado de defunción.
- El ciudadano deberá presentar el certificado de defunción expedido original (en sus 3 tantos uno para oficialía, otro para INEGI, otro para el Archivo Central) por profesionales médicos o persona autorizada de la autoridad sanitaria competente.
- El ciudadano llevará el permiso de la Secretaría de Salud cuando el cadáver vaya a ser trasladado o provenga de alguna otra Jurisdicción.
- Para visualizar la oficina mas cercana, dar clic en el siguiente link: https://www.oaxaca.gob.mx/civil/oficialias/
- El ciudadano deberá presentar los permisos de inhumación y de traslado en caso de que el cádaver vaya a trasladarse a un lugar distinto del fallecimiento.
- El ciudadano deberá presentar las copias simples de la credencial de elector y del acta de nacimiento de la persona fallecida.
- El ciudadano deberá acreditarse con su identificación oficial, al igual que dos testigos.
- En caso de que la persona fallecida sea casada presentará copia simple del acta de matrimonio.
Unidad de Oficialías
Santos Degollado , No. Ext 400, Oaxaca, C.P.68000, Oaxaca de Juárez, Oaxaca de Juárez, Oaxaca, Teléfono: (951) 514-4405
Horario de Atención
Lunes 09:00 a 14:00
Martes 09:00 a 14:00
Miércoles 09:00 a 14:00
Jueves 09:00 a 14:00
Viernes 09:00 a 14:00
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
El usuario contará con 15 días para declarar la defunción en los casos de muerte natural, para los casos de muerte violenta se estará al tiempo en que el ministerio público gire el oficio y certificado de defunción al oficial de registro civil. En caso de querer realizar el registro posterior a las 48 horas de la defunción, la persona interesada deberá acudir a la agencia del Ministerio Público a hacer de su conocimiento la defunción extemporánea, debiendo remitir al juez del Registro Civil el certificado con el oficio del M.P. donde autoriza el registro y las copias certificadas del Expediente de Atención Temprana, además de los requisitos antes mencionados.
Plazo de respuesta
Tiempo de respuesta 1 Días hábiles
Fundamento jurídico
Tipo: PlazoMaximo
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Tipo: PlazoMaximo
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Numero: Décimo
Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 0 Inmediato
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 14 Días naturales
Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fracción: Sin fracción
Inciso: Sin inciso
Párrafo: Sin Párrafo
Numero: Sin número
Letra: Sin letra
Otro: no
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Numero: Sexto
Interesado
Otro
Nombre:
José Antonio BrachettiSilva
Cargo:
Oficial del Registro Civil
Correo:
ja.brachetti@gmail.com
Teléfono:
(951) 514-9020Extensión:
Dirección:
No disponible
Número de solicitudes aceptadas:
2750000
Número de solicitudes rechazadas:
0
Fundamento que da origen al trámite o servicio
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fracción: Sin fracción
Inciso: Sin inciso
Párrafo: Sin Párrafo
Numero: Sin número
Letra: Sin letra
Otro: no
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del plazo para cumplir con prevención
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del monto o derechos
Ámbito: Estatal
Tipo: Código
Nombre: Código Civil para el Estado de Oaxaca
Artículo: 120
Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Numero: Décimo primero
Fundamento del canal de atención
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Numero: Décimo
Fundamento del criterio de resolución
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Numero: Sexto
Fundamento del plazo máximo
Ámbito: Estatal
Tipo: Lineamientos
Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca