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Validación de la Cédula de Operación

Secretaria del Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad

Modalidad: Personas físicas o morales
Descripción: Quienes hubieran obtenido la Licencia de Funcionamiento, deberán presentar anualmente ante la Secretaría, una Cédula de Operación.
1.- Datos generales del promovente y de la Licencia Ambiental Integral otorgada
oficio donde describa los datos generales del promovente y de la Licencia Ambiental Integral otorgada
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
1

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 121
  • Fracción: I

2.- Ingresar Cédula de Operación Anual (COA)
Dispositivo de almacenamiento electrónico (CD o USB) con la información de respaldo, el cual deberá contener el documento digital (Formato COA), así como las memorias de cálculo en documento de Excel y alguna otra información que sustente lo reportado.
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 121
  • Fracción: I,II,III

Formatos
Formato Requerido:

FORMATO COA

  • Costo: 80.00 Actualización (UMA)
  • Fundamento Jurídico:
  • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
  • Artículo: 42
  • Fracción: II

  • ¿En dónde puedo realizar el pago?

    Oficinas: El solicitante podrá acudir a las oficinas, a efecto de generar la línea de captura correspondiente y con la misma realizar el pago en algunos de los bancos o tiendas autorizadas.

    Bancos: HSBC: 4047; SCOTIABANK: 1063; BANORTE: 003600; SANTANDER: 1092; vigencia: durante un mes.

    Tiendas: CHEDRAUI : Banorte 003600; ELEKTRA: 01158; vigencia: durante un mes..

Presencial

  1. - Solicitar el formato de Cédula de Operación Anual, el cual se le proporciona en el Departamento de Calidad del Aire.
  2. - Ya requisitado el formato de la Cédula de Operación Anual se ingresa al Departamento de Calidad del Aire.
  3. - Ya analizada la información y en caso de ser necesario, se le requerirá al solicitante por medio de los contactos que haya anexado, la información adicional, en caso de que no requiera información complementaria, se procederá a la evaluación de la Cédula de Operación Anual.
  4. - En caso de ser procedente se le notificará al solicitante la resolución de la evaluación de la Cédula de Operación. Anual
Departamento de Calidad del Aire
  • Carretera Internacional Oaxaca Istmo , No. Int Edificio 5, nivel 3 No. Ext km 11.5, Tlalixtac de Cabrera, C.P.68270, Tlalixtac de Cabrera, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, Teléfono: (951) 501-5000
Horario de Atención
    ¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
    • No
    Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
    • 1.-Algunas de sus aplicaciones son: Generar información anual actualizada sobre emisiones, manejo y transferencia de contaminantes. Dar seguimiento a la operación del establecimiento. Actualizarlas bases de licenciamiento. Apoyar la toma de decisiones en materia de protección ambiental. Contribuir a la formulación de criterios y políticas ambientales. Promover el uso de tecnologías limpias y la detección de problemas ambientales. Con procedimientos y capacidades adecuados, la base de datos generada a partir de la Cédula de Operación Anual ofrece la posibilidad de establecer elementos de información respecto a: Cantidades de emisión y transferencia de las sustancias a los diferentes medios (aire, agua, suelos). Cantidades de transferencias de las sustancias fuera del establecimiento, sea para su tratamiento, reciclaje, reutilización, disposición final o incineración. Actividades de control y prevención de la contaminación, así como proyecciones de los volúmenes de contaminación para el siguiente periodo de reporte. 2.- Por lo que respecta a la resolución del trámite, el plazo máximo legalmente establecido es de 45 días hábiles de conformidad con el artículo 40 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca; sin embrago, la resolución del trámite se considera realizarla en un plazo máximo de 39 días hábiles, esta resolución se puede realizar aún en menor tiempo, considerando la carga de trabajo que maneja el área administrativa y la variante del recurso humano, es decir que la misma realizará todas las acciones necesarias para brindarle al solicitante una resolución más pronta a su trámite.

    • Plazo de respuesta
    • Tiempo de respuesta 27 Días hábiles
    • Fundamento jurídico
    • Tipo: PlazoMaximo
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 40
    • Párrafo: primero

    • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución)
    • Plazo de prevención
    • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 8 Días hábiles
    • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

    Vigencia:
    1 Año de Vigencia
    Observaciones:
    Se tiene que presentar anualmente la cédula de operación
    Fundamento jurídico:
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I,II,III

    • Representante legal

    Nombre:
    Joaquin González Santiago
    Cargo:
    Jefe de Departamento de Calidad del Aire
    Correo:
    joaquin.gonzalez@oaxaca.gob.mx
    Teléfono:
    (951) 501-5000 Extensión: 12515
    Dirección:
    No disponible

    Número de solicitudes aceptadas:
    26
    Número de solicitudes rechazadas:
    0

    • Fundamento que da origen al trámite o servicio
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I, II, III

    • Fundamento del monto o derechos
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
    • Artículo: 42
    • Fracción: II
    • Inciso: a

    • Fundamento del criterio de resolución
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I,II,III

    • Fundamento de la vigencia
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I,II,III

    • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 250

    • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 250

    • Fundamento del requerimiento de conservar información
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I,II,III

    • Fundamento de la ficta
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121
    • Fracción: I,II,III

    • Fundamento del plazo máximo
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 40
    • Párrafo: primero

    • Fundamento del canal de atención
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Ley
    • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
    • Artículo: 121

    • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Lineamientos
    • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
    • Artículo: Décimo primero

    • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
    • Ámbito: Estatal
    • Tipo: Lineamientos
    • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
    • Artículo: Decimo primero
    • Párrafo: Segundo