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Dictamen técnico de arbolado urbano

Secretaria del Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad

Modalidad: Personas físicas y morales
Descripción: A través de escrito libre, la parte interesada puede solicitar a la a la Secretaría se realice dictamen técnico de árboles urbanos que requieran algún manejo, para lo cual, personal de la secretaría programa visita técnica y evaluar las condiciones físicas y fitosanitarias para generar el dictamen técnico correspondiente.
1.- Escrito libre de solicitud
En el escrito libre deberá indicar la ubicación donde se ubica (n) el (los) ejemplar (es) de arbolado urbano que requiere la atención para realizar el dictamen técnico
¿Debo presentar original?
Si
¿Cuántas copias debo presentar?
0

  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 98
  • Párrafo: segundo

Formatos
Formato Requerido:

No se presenta formato

  • Costo: 20.00 Actualización (UMA)
  • Fundamento Jurídico:
  • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
  • Artículo: 42A
  • Fracción: V

  • ¿En dónde puedo realizar el pago?

    Oficinas: El solicitante podrá acudir a las oficinas del Departamento de Manejo Integral de los Recursos Naturales, a efecto de generar la linea de captura correspondiente y con la misma generar el pago en algunos de los bancos autorizados.

    Bancos: HSBC: 4047; SCOTIABANK: 1063; BANORTE: 003600; SANTANDER: 1092; vigencia: durante el mes

    Tiendas: CHEDRAUI : Banorte 003600; ELEKTRA: 01158

Presencial

  1. - Mediante escrito libre, la parte interesada solicita a la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad, su intervención para realizar dictamen técnico.
  2. - Previo al pago de derechos de la parte interesada, personal de la Secretaría acude a realizar visita técnica para toma de datos
  3. - La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad genera el dictamen técnico
  4. - La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad genera línea de captura para que la parte interesada realice el pago el derechos
  5. - Una vez que la parte interesada realiza el pago de derechos, personal de la Secretaría acude a realizar visita técnica para toma de datos
  6. - La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad genera el dictamen técnico
  7. - La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad notifica a la parte interesada cuando ya se tenga firmado el dictamen técnico y el oficio de autorización correspondiente
  8. - La parte interesada acude a recoger dictamen técnico
  9. - La parte interesada informa el cumplimiento de la autorización con base al del dictamen técnico, presentando reporte de las actividades realizadas y anexo fotográfico.
Departamento de Restauración Ecológica
  • Carretera Internacional Oaxaca Istmo , No. Int Edificio 5, nivel 3 No. Ext km 11.5, Tlalixtac de Cabrera, C.P.68270, Tlalixtac de Cabrera, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, Teléfono: (951) 501-5000, 12887___
Horario de Atención
¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • 1.-Considerar que para realizar actividades de poda o derribo de arbolado urbano, se debe contar con un dictamen técnico y oficio de autorización 2.- Por lo que respecta a la resolución del trámite se considera un plazo máximo de tres meses de conformidad con el artículo décimo de los Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca; sin embrago, la resolución del trámite se puede realizar en el menor tiempo posible, considerando la carga de trabajo que maneja el área administrativa, es decir que la misma realizará las acciones necesarias para brindarle al solicitante una resolución mas pronta a su trámite.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 45 Días naturales
  • Fundamento jurídico
  • Tipo: PlazoMaximo
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Artículo: 24

  • Tipo: PlazoMaximo
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Artículo: Décimo

  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) - Una vez que el interesado identifica algún riesgo en arbolado urbano y no existe autoridad municipal que realice el dictamen técnico correspondiente, dirige su petición a la Secretaría de Medio Ambiente. - Personal técnico de la Secretaría acude al sitio en donde evalúa las condiciones de riesgo y derivado de criterios técnicos ya establecidos, elabora dictamen técnico y determina si es o no procedente lo que el interesado solicita, a la vez que se realizan observaciones y sugerencias.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 15 Días hábiles
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 5 Días hábiles

Vigencia:
No aplica de Vigencia
Observaciones:
Fundamento jurídico:
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 98
  • Párrafo: Segundo

  • Interesado

Nombre:
Trinidad Vásquez Hernández
Cargo:
Jefe de Departamento de Restauración Ecológica
Correo:
vht8106@yahoo.com.mx
Teléfono:
(951) 585-3490 Extensión:
Dirección:
No disponible

Número de solicitudes aceptadas:
3
Número de solicitudes rechazadas:
0

  • Fundamento que da origen al trámite o servicio
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 98
  • Párrafo: segundo

  • Fundamento del monto o derechos
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley Estatal de Derechos de Oaxaca
  • Artículo: 42A
  • Fracción: V
  • Inciso: a

  • Fundamento del requerimiento de conservar información
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Normas
  • Nombre: Norma Ambiental Estatal NAE-IEEO-003/2008
  • Artículo: 5
  • Numero: 5.1

  • Fundamento del plazo de prevención al Solicitante
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Artículo: Décimo primero
  • Párrafo: Segundo

  • Fundamento del criterio de resolución
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 98
  • Párrafo: Segundo

  • Fundamento del plazo para cumplir con prevención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Procedmiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 24
  • Fracción: III

  • Fundamento del plazo máximo
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Lineamientos
  • Nombre: Lineamientos Generales para la Simplificación de Trámites y Servicios Administrativos de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
  • Artículo: Décimo

  • Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 98
  • Párrafo: segundo

  • Fundamento de la inspección, verificación o visita domiciliaria
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Normas
  • Nombre: Norma Ambiental Estatal NAE-IEEO-003/2008
  • Artículo: 5.1

  • Fundamento del canal de atención
  • Ámbito: Estatal
  • Tipo: Ley
  • Nombre: Ley de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado de Oaxaca
  • Artículo: 24