Resolución de conflictos individuales

Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca

Modalidad: Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Descripción: Resolver en forma oportuna, eficiente y conforme a derecho, los conflictos laborales de carácter individual, a través de la celebración de arreglos conciliatorios entre el patrón (Gobierno del Estado) y Trabajador del Poder Ejecutivo del Estado, partes involucradas, por medio de la emisión del laudo en el que se establecen los puntos resolutivos.
Requisitos
Descripción
¿Debo presentar original?
¿Cuantas copias debo presentar?
1-demanda de conflicto individual
El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia
Si
3
Formatos
Formato Requerido:

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - Presentar la demanda respectiva, la cual deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia; la demanda deberá contener: I. - El nombre y domicilio del reclamante. II. - El nombre y domicilio del demandado. III. - El objeto de la demanda. IV. - Una relación detallada de los hechos, y V. - La indicación del lugar en que puedan obtener las pruebas que el reclamante no pudiere aportar directamente y que tengan por objeto la verificación de los hechos en que se funde la reclamación. A la demanda se acompañarán las pruebas de que disponga el reclamante y los documentos que acrediten la personalidad del representante, en caso de que aquel no pudiera concurrir personalmente
Secretaría General de Acuerdos/Presidencia
  • Carretera internacional Oaxaca Istmo, kilómetro 11.5, No. Int Edificio 4 nivel 1, No. Ext N/A, Tlalixtac de Cabrera, 68270, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, Tel: (951) 501-5000
Horario de Atención
  • Lunes 08:00 a 16:00
Nombre:
Fabiola Dávila Cruz
Cargo:
Secretaria General de Acuerdos
Correo:
fabiola.davilacruz@gmail.com
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11377
Dirección:
No disponible

Nombre:
Cecilia Ana Lilia Baños Terrones
Cargo:
Presidenta de la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servcio de los Poderes del Estado de Oaxaca
Correo:
liliabanosterrones@hotmail.com
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11375
Dirección:
No disponible

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • La Junta de Arbitraje recibe de un trabajador o de un grupo de trabajadores demanda por alguno de los siguientes conflictos individuales: a)Despido injustificado. b)Omisión de pago. c)Movimientos escalafonarios. d)Nulidad de documentos. e)Algún otro tema de naturaleza laboral. Y turna a la Secretaría General de Acuerdos para su atención El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia. La demanda deberá contener: I.-El nombre y domicilio del reclamante. II.-El nombre y domicilio del demandado. III.-El objeto de la demanda. IV.-Una relación detallada de los hechos, y V.-La indicación del lugar en que puedan obtener las pruebas que el reclamante no pudiere aportar directamente y que tengan por objeto la verificación de los hechos en que se funde la reclamación. A la demanda se acompañarán las pruebas de que disponga el reclamante y los documentos que acrediten la personalidad del representante, en caso de que no pudiera concurrir personalmente.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 0 No aplica
  • Fundamento jurídico
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) Artículo 83.- La demanda deberá contener: I.- El nombre y domicilio del reclamante; II.- El nombre y domicilio del demandado; III.- El objeto de la demanda; IV.- Una relación detallada de los hechos, y V.- La indicación del lugar en que puedan obtener las pruebas que el reclamante no pudiere aportar directamente y que tengan por objeto la verificación de los hechos en que se funde la reclamación. A la demanda se acompañarán las pruebas de que disponga el reclamante y los documentos que acrediten la personalidad del representante, en caso de que aquél no pudiera concurrir personalmente
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 No aplica
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 No aplica
  • Fundamento jurídico
  • Fundamento jurídico

Vigencia:
No aplica
Observaciones:
Sin observaciones
Fundamento jurídico:

    • -Interesado
    • -Representante legal

    Número de solicitudes aceptadas:
    182
    Número de solicitudes rechazadas: