Cancelación de registro sindical.

Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca

Modalidad: Trabajadores del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca
Descripción: Demanda para la cancelación del registro del sindicato cuando menos con la siguiente información: a)Documentación comprobatoria. b)Domicilio dentro de la ciudad de Oaxaca de Juárez para ser notificado. c)Datos generales de la persona que recibirá las notificaciones.
Requisitos
Descripción
¿Debo presentar original?
¿Cuantas copias debo presentar?
1-Escrito de demanda de cancelación de registro sindical
El documento que se presenta se denomina escrito de demanda de cancelación de registro sindical y se presentará solo en los casos que se enmarcan en el artículo 369, fracciones I, en caso de disolución; II, por dejar de tener los requisitos legales y III, se considerará que un sindicato incumple con su objeto o finalidad cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales incurran en actos de extorsión en contra de los patrones, exigiéndoles un pago... de la Ley Federal del Trabajo.
Si
3
Formatos
Formato Requerido:

  • Costo: Gratuito

Presencial

  1. - El interesado presentará el Escrito de Demanda de manera presencial (cancelación de registro sindical) ante la Junta de Arbitraje
Departamento de Asuntos Colectivos/Secretaria General de Acuerdos
  • Carretera internacional Oaxaca Istmo kilómetro 11.5, No. Int Edificio 4 nivel 1, No. Ext N/A, Tlalixtac de Cabrera, 68270, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca, Tel: (951) 501-5000
Horario de Atención
  • Lunes 08:00 a 16:00
Nombre:
Cecilia del Carmen Franco Vásquez
Cargo:
Encargada del Departamento de Asuntos Colectivos
Correo:
cecilia.franco@oaxaca.gob.mx
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11402
Dirección:
No disponible

Nombre:
Fabiola Dávila Cruz
Cargo:
Secretaria General de Acuerdos
Correo:
fabiola.davilacruz@gmail.com
Teléfono:
(951) 501-5000 Extensión: 11377
Dirección:
No disponible

¿Se puede agendar una cita para realizar el trámite?
  • No
Información que sea útil para que el interesado realice el trámite:
  • Dar cumplimiento al articulo siguiente y fracciones de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado ARTÍCULO 83.- La demanda deberá contener: I.- El nombre y domicilio del reclamante. II.-El nombre y domicilio del demandado. III.-El objeto de la demanda. IV.-Una relación detallada de los hechos, y V.-La indicación del lugar en que puedan obtener las pruebas que el reclamante no pudiere aportar directamente y que tengan por objeto la verificación de los hechos en que se funde la reclamación. A la demanda se acompañarán las pruebas de que disponga el reclamante y los documentos que acrediten la personalidad del representante, en caso de que aquel no pudiera concurrir personalmente. ARTÍCULO 84.- La contestación de la demanda deberá reunir los mismos requisitos que ésta, y se presentará en un término que no exceda de cinco días contados a partir de la fecha en que aquella fuere notificada. ARTÍCULO 85.- Si no se contestó la demanda, se dará por contestada en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario que sólo podrá referirse a destruir los hechos afirmados en la reclamación. Contestada la demanda, la Junta dictará las medidas necesarias para la preparación de las pruebas ofrecidas por las partes y que no estuvieren a su disposición a efecto de que no sufra dilación la audiencia de pruebas, alegatos y sentencia.

  • Plazo de respuesta
  • Tiempo de respuesta 1 No aplica
  • Fundamento jurídico
  • Criterios de resolución (metodología para llevar a cabo la resolución) El procedimiento para resolver todas las controversias que se sometan a la Junta de Arbitraje se reducirá a la presentación de la demanda respectiva, que deberá hacerse por escrito o verbalmente por medio de comparecencia; a la respuesta que se dé en igual forma, y a una sola audiencia en la que se presentarán las pruebas y alegatos de las partes y en la que se pronunciará resolución, salvo cuando a juicio de la propia Junta se requiera la práctica de diligencias posteriores, en cuyo caso se ordenará que se lleven a cabo y, una vez efectuadas, se dictará la resolución que corresponda.
  • Plazo de prevención
  • Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 1 No aplica
  • Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 1 No aplica
  • Fundamento jurídico
  • Fundamento jurídico

Vigencia:
No aplica
Observaciones:
Sin observaciones
Fundamento jurídico:

    • -Interesado
    • -Representante legal

    Número de solicitudes aceptadas:
    0
    Número de solicitudes rechazadas: