{"id":225,"date":"2015-09-14T13:09:25","date_gmt":"2015-09-14T19:09:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/coesida\/?page_id=225"},"modified":"2015-09-14T13:09:25","modified_gmt":"2015-09-14T19:09:25","slug":"discriminacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/coesida\/discriminacion\/","title":{"rendered":"Discriminaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>\t\t\t\tLa discriminaci\u00f3n parte de un proceso de estigmatizaci\u00f3n en donde nuestros prejuicios y estereotipos internos pasan a exteriorizarse, compartirse y ponerse en pr\u00e1ctica. La discriminaci\u00f3n por ser una persona que vive con VIH o sida incluye m\u00faltiples manifestaciones en los diversos \u00e1mbitos de interacci\u00f3n de la persona, por ejemplo, en el aspecto laboral se pueden citar: Aislar a la persona de sus compa\u00f1eros, privarle de informaci\u00f3n, menospreciar su trabajo desacreditando su rendimiento, establecer agravios comparativos mediante diferencias de trato, distribuci\u00f3n injusta o desigual de tareas o actividades, de permisos, premios o remuneraciones, dificultar el ejercicio de sus funciones, entre muchas otras.<\/p>\n<p>Como cualquier otra persona en M\u00e9xico y el mundo, las personas que viven con VIH o sida deben gozar de los mismos derechos fundamentales. Vivir con VIH o sida no debe ser motivo de discriminaci\u00f3n de ning\u00fan tipo, por ello, no puede ser considerado como causal para la negaci\u00f3n de servicios de salud, despido laboral, expulsi\u00f3n de una escuela, desalojo de una vivienda. Tampoco se puede limitar el libre tr\u00e1nsito dentro del territorio nacional, la salida del pa\u00eds o el ingreso al mismo, no debe ser motivo de detenci\u00f3n, aislamiento o segregaci\u00f3n, nadie puede limitar el derecho a ejercer una libre sexualidad de forma responsable, a afiliarse a las instituciones sociales o politicas que se deseen; as\u00ed mismo, es muy importante mencionar que tiene derecho a que en las instituciones de salud p\u00fablica se le proporcione informaci\u00f3n clara, objetiva y cient\u00edficamente fundada, datos sobre los tratamientos a los que puede someterse, as\u00ed como riesgos, consecuencias y alternativas.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, se tiene derecho a servicios de asistencia m\u00e9dica y social para mejorar su calidad y tiempo de vida, a conocer los procedimientos de las instituciones de salud para presentar una queja, reclamo o sugerencia, ante cualquier irregularidad o atropello de sus derechos y garant\u00edas individuales. Si se es padre o madre de familia, existe el derecho a la patria potestad de sus hijos (as). Igualmente, existe el derecho a designarles un tutor, una custodia o guarda que se desee cuando ya no sea posible hacerse cargo de ellos, y a contar con la protecci\u00f3n de instituciones para tal fin. Los ni\u00f1os que viven con VIH o sida tienen derecho a servicios de salud, educaci\u00f3n y asistencia social en igualdad de circunstancias. Al fallecer, se tiene derecho a una muerte y servicios funerarios dignos.<\/p>\n<p>Las pr\u00e1cticas y actitudes discriminatorias en contra de las personas que viven con VIH o sida, siguen siendo, desafortunadamente, muy comunes en nuestro pa\u00eds. Desde el inicio de la epidemia, existen una serie de prejuicios e ideas falsas que contribuyeron a la discriminaci\u00f3n y a la violaci\u00f3n al derecho de la protecci\u00f3n de la salud. Debido a estas concepciones err\u00f3neas sobre la enfermedad, en M\u00e9xico las personas con VIH o sida enfrentan m\u00faltiples formas de discriminaci\u00f3n, las cuales van desde las m\u00e1s sutiles y dif\u00edciles de detectar, como las que se expresan a trav\u00e9s de la utilizaci\u00f3n del lenguaje o chistes ofensivos y discriminatorios, hasta las m\u00e1s crudas y evidentes, como las formas de exclusi\u00f3n o restricci\u00f3n de derechos por vivir con VIH. A estas formas de discriminaci\u00f3n se a\u00f1aden otro tipo de atropellos igualmente graves, como la negaci\u00f3n de servicios de salud o la negativa de acceso a medicamentos necesarios para su cuidado.<\/p>\n<p>El derecho a la <strong>NO DISCRIMINACI\u00d3N<\/strong> es un derecho humano b\u00e1sico indispensable para que las personas podamos vivir con dignidad y desarrollarnos en nuestras capacidades humanas, independientemente de nuestro estado de salud, origen \u00e9tnico, nacionalidad, preferencia sexual, nivel socioecon\u00f3mico o cualquier otra cualidad o rasgo de nuestra personalidad.<\/p>\n<p>Es muy importante tener presente que la violaci\u00f3n a estos derechos atenta contra varios art\u00edculos establecidos en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en una serie de tratados y acuerdos internacionales ratificados por M\u00e9xico y en diversa legislaci\u00f3n secundaria federal y local, as\u00ed como contra varias medidas y criterios de atenci\u00f3n establecidos en la Norma Oficial Mexicana para la Prevenci\u00f3n y Control de la Infecci\u00f3n por Virus de la Inmunodeficiencia Humana NOM-010-SSA2-2010. Por lo cual, si en alg\u00fan momento se siente violentado en sus derechos fundamentales por raz\u00f3n de vivir con VIH o sida, no dude en presentar una queja o pedir asesor\u00eda legal. Para mayor informaci\u00f3n, comun\u00edquese al <strong><a href=\"\/coesida\/directorio\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer\">Departamento Jur\u00eddico<\/a><\/strong>\u00a0del Coesida donde se ofrece gratuitamente el servicio de asesor\u00eda jur\u00eddica.\t\t\t\t<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La discriminaci\u00f3n parte de un proceso de estigmatizaci\u00f3n en donde nuestros prejuicios y estereotipos internos pasan a exteriorizarse, compartirse y ponerse en pr\u00e1ctica. 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