{"id":4115,"date":"2019-06-20T17:09:28","date_gmt":"2019-06-20T22:09:28","guid":{"rendered":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/?p=4115"},"modified":"2020-01-16T16:04:15","modified_gmt":"2020-01-16T22:04:15","slug":"titulos-primordiales-y-composiciones-de-tierras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/titulos-primordiales-y-composiciones-de-tierras\/","title":{"rendered":"T\u00edtulos primordiales y composiciones de tierras"},"content":{"rendered":"<h2 style=\"text-align: center\"><b>ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA<\/b><\/h2>\n<h1 style=\"text-align: center\"><b>T\u00cdTULOS PRIMORDIALES Y COMPOSICIONES DE TIERRAS<\/b><\/h1>\n<p style=\"text-align: right\">Por <b><strong>Jacobo Babines L\u00f3pez<\/strong><\/b><\/p>\n<p>Uno de los temas m\u00e1s buscados por los investigadores o usuarios en el Archivo Hist\u00f3rico del AGEO, son cuestiones relativas a los t\u00edtulos o conflictos de tierras, dentro de este tema encontramos dos t\u00e9rminos muy recurridos: <b><strong>los t\u00edtulos primordiales y las composiciones de tierras<\/strong><\/b>. Para entenderlos los iremos explicando, los primeros de acuerdo a Yukitaka Inuoe: <em><i>son documentos sobre las tierras de los pueblos ind\u00edgenas, que generalmente fueron redactados en los mismos pueblos durante la \u00e9poca colonial. Muchos de los T\u00edtulos est\u00e1n en lengua n\u00e1huatl con la escritura alfab\u00e9tica, mientras que hay otros que est\u00e1n en castellano. Varios de estos documentos contienen mapas y\/o l\u00e1minas con dibujos, en los cuales muestran visualmente la traza del pueblo, las figuras de sus fundadores o la llegada de los espa\u00f1oles a \u00e9l. Narran b\u00e1sicamente la fundaci\u00f3n o establecimiento del pueblo en el contexto novohispano, es decir, resultado de la reordenaci\u00f3n o reorganizaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n ind\u00edgena al efectuarse la congregaci\u00f3n y precisan su cuaxochtli, t\u00e9rmino nahua usado para indicar \u201clinderos\u201d o \u201cl\u00edmites\u201d del pueblo<\/i><\/em>.<\/p>\n<p>Siguiendo esta acepci\u00f3n podemos decir que en el Archivo Hist\u00f3rico no contamos con t\u00edtulos primordiales, ya que estos regularmente se encuentran en sus comunidades, resguardados por los mayordomos o en otras ocasiones custodiados en la propia iglesia parroquial, adem\u00e1s que es muy dif\u00edcil acceder a ellos, por la desconfianza de los pobladores con los fuere\u00f1os, pues consideran estos documentos como sus tesoros.<\/p>\n[custom_gallery source=\u00bbmedia: 4116&#8243; limit=\u00bb1&#8243; link=\u00bblightbox\u00bb width=\u00bb700&#8243; height=\u00bb350&#8243; title=\u00bbalways\u00bb]\n<p>Los documentos que s\u00ed se pueden hallar en el archivo hist\u00f3rico del AGEO, son los denominados <b><strong>Composiciones de tierras<\/strong><\/b>, que se implementaron a partir del siglo XVI, con la intenci\u00f3n de normar la apropiaci\u00f3n de tierras, pastos, abrevaderos, molinos, minas, jag\u00fceyes, ranchos, astilleros, huertas, jacales, solares, ingenios, etc., de los cuales no se contara con t\u00edtulo legal. Fue esta la manera de resarcir la repartici\u00f3n de mercedes de tierras que se dio desordenadamente, ya que muchas estuvieron marcadas por la imprecisi\u00f3n de las medidas agrarias, lo cual ocasion\u00f3 de inicio grandes defectos en la titulaci\u00f3n y posesi\u00f3n. Adem\u00e1s de que muchos espa\u00f1oles se apropiaron de grandes extensiones de tierra, m\u00e1s all\u00e1 de lo que marcaba la merced concedida o los t\u00edtulos de venta con que obtuvieron sus propiedades. Aunado a la necesidad de mayores ingresos para la Corona Espa\u00f1ola, ya que con estas composiciones se cobraban estipendios por la legalizaci\u00f3n de los t\u00edtulos de propiedad.<\/p>\n[custom_gallery source=\u00bbmedia: 4117&#8243; limit=\u00bb1&#8243; link=\u00bblightbox\u00bb width=\u00bb700&#8243; height=\u00bb350&#8243; title=\u00bbalways\u00bb]\n<p>El 1 de noviembre de 1591 se emitieron cuatro c\u00e9dulas de composiciones de tierras para todos los dominios espa\u00f1oles en las indias. Sin embargo, en un tiempo en que la tierra ten\u00eda tan poco valor, en que los labradores y ganaderos apenas sacaban peque\u00f1as utilidades, lo \u00fanico que a \u00e9stos les impresion\u00f3 de la ley fue que ten\u00edan que pagar un nuevo impuesto. El 1 de diciembre de 1636, se emiti\u00f3 otra real c\u00e9dula que busc\u00f3 hacer expedito el procedimiento de composici\u00f3n de tierras. En ella se especific\u00f3 que bastaba la confirmaci\u00f3n de los virreyes para que los due\u00f1os quedaran con t\u00edtulo legal de los bienes pose\u00eddos, esto es, se eximi\u00f3 a los due\u00f1os de la necesidad de pedir confirmaci\u00f3n de sus t\u00edtulos por parte del Rey o del Consejo de Indias.<\/p>\n[custom_gallery source=\u00bbmedia: 4118&#8243; limit=\u00bb1&#8243; link=\u00bblightbox\u00bb width=\u00bb720&#8243; height=\u00bb1080&#8243; title=\u00bbalways\u00bb]\n<p>El virrey conde de Salvatierra, promovi\u00f3 una nueva forma de regularizar la tierra mediante las llamadas composiciones colectivas, que se aplicaba a un grupo de colonos de toda un \u00e1rea administrativa. El mecanismo era simple, se notificaba que jueces o agrimensores visitar\u00edan las provincias para revisar las tierras pose\u00eddas y de ser necesario, har\u00edan los deslindes de las mismas para determinar los excesos. Los costos de las mediciones deber\u00edan correr por cuenta de los due\u00f1os de estancias y haciendas. Los labradores y ganaderos legalizaban la tierra ocupada irregularmente a trav\u00e9s del pago que ellos mismos establec\u00edan y despu\u00e9s regateaban con los funcionarios gubernamentales.<\/p>\n<p>Los procesos de composiciones de tierras no los encontramos como tal en nuestro archivo, ya que estos eran realizados en la capital de la Nueva Espa\u00f1a y validados por el virrey. En el Archivo Hist\u00f3rico del AGEO, las hallamos dentro de los procesos de l\u00edmites de tierra que se siguen por las autoridades locales en los procesos contenciosos, y se presentan como pruebas de la correcta posesi\u00f3n de sus propiedades, en algunas ocasiones vienen anexos mapas que ilustran los l\u00edmites de las tierras en disputa.<\/p>\n[custom_gallery source=\u00bbmedia: 4119&#8243; limit=\u00bb1&#8243; link=\u00bblightbox\u00bb width=\u00bb720&#8243; height=\u00bb1080&#8243; title=\u00bbalways\u00bb]\n<p>Los t\u00edtulos primordiales y las composiciones de tierras, fueron instrumentos legales con los que se les dio posesi\u00f3n y disfrute de tierras, tanto a los particulares, como a los pueblos o comunidades de indios en el estado de Oaxaca. Sin lugar a duda, estos documentos se vuelven testimonios del uso del suelo, por lo que los invitamos a que los consulten en el Archivo Hist\u00f3rico del AGEO y puedan rememorar el pasado de nuestra patria chica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ARCHIVO GENERAL DEL ESTADO DE OAXACA T\u00cdTULOS PRIMORDIALES Y COMPOSICIONES DE TIERRAS Por Jacobo Babines L\u00f3pez Uno de los temas m\u00e1s buscados por los investigadores o usuarios en el Archivo Hist\u00f3rico del AGEO, son cuestiones relativas a los t\u00edtulos o conflictos de tierras, dentro de este tema encontramos dos t\u00e9rminos muy recurridos: los t\u00edtulos primordiales [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":69,"featured_media":4117,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"episode_type":"","audio_file":"","podmotor_file_id":"","podmotor_episode_id":"","cover_image":"","cover_image_id":"","duration":"","filesize":"","filesize_raw":"","date_recorded":"","explicit":"","block":"","itunes_episode_number":"","itunes_title":"","itunes_season_number":"","itunes_episode_type":"","footnotes":""},"categories":[9,11],"tags":[],"class_list":["post-4115","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-publicaciones"],"acf":[],"publishpress_future_action":{"enabled":false,"date":"2026-05-08 04:30:40","action":"change-status","newStatus":"draft","terms":[],"taxonomy":"category","extraData":[]},"publishpress_future_workflow_manual_trigger":{"enabledWorkflows":[]},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4115","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/users\/69"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4115"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4115\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4120,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4115\/revisions\/4120"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4117"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4115"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4115"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.oaxaca.gob.mx\/ageo\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4115"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}